Periódico Oficial de Morelos del 6/2/2019

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Source: Periódico Oficial de Morelos

06 de febrero de 2019

PERIÓDICO OFICIAL

Al margen izquierdo una toponimia que dice:
Cuernavaca, Gobierno Municipal.- Ayuntamiento 20162018.
JUAN MANUEL HERNÁNDEZ LIMONCHI, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA, MORELOS, A SUS HABITANTES, SABED:
QUE EL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, MORELOS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 113, DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MORELOS; 38, FRACCIÓN XXVIII, 41 Y 126, DE LA
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
MORELOS, Y;
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los estados adoptaran para régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de organización política y administrativa el Municipio Libre, los cuales se encuentran investidos de personalidad jurídica y patrimonio propios susceptibles de derechos y obligaciones. Así mismo establece los servicios públicos cuya presentación corresponde a los Ayuntamientos y les concede la potestad exclusiva de manejar libremente su hacienda.
El ayuntamiento tiene la facultad de autorizar la ejecución de las obras públicas municipales que de conformidad con las leyes respectivas, propiciando la participación social y cooperación entre las autoridades y los habitantes del municipio, participando para ello en los trabajos del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Cuernavaca COPLADEMUN.
Que dentro del Plan Municipal de Desarrollo 2016-2018, se observa que El mandato constitucional de proveer a la ciudadanía de una lista de obras y servicios de publica utilidad, su calidad depende de la implementación de una cultura de servicio; así como, de la implementación de un programa de infraestructura conforme a las necesidades de la población, por ello se necesita de un proceso de planeación constante de los programas y acciones gubernamentales y de la activa y responsable participación ciudadana.
Así mismo dentro del Plan Municipal de Desarrollo 2016-2018, se tiene contemplada la realización de obra encaminada al mejoramiento de los siguientes rubros:
Mejora de vialidades con la finalidad de contar con calles dentro del municipio dignas para el tránsito de los ciudadanos del municipio; así como, al turismo que tenga a bien acudir a Cuernavaca.

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Alumbrado público, ya que a consideración de la ciudadanía la falta de este servicio se encuentra entre los principales problemas con los que cuenta la capital del estado; así mismo, como se planteó en el Plan Municipal de Desarrollo 2016-2018: una buena calidad en la iluminación contribuye de forma directa en inhibir los actos que puedan poner en riesgo la integridad física de los habitantes de la ciudad. Está demostrado que la falta de alumbrado público tiene un impacto directo en el incremento de delitos cometidos sobre la población, y en particular con la población estudiantil de las escuelas en sus distintos niveles educativos.
El mejoramiento del drenaje y agua potable dentro del territorio municipal. Esto con la finalidad de atender entre otras necesidades, el mejoramiento del drenaje pluvial y sanitario, así como la red de agua potable. Ya que este cuenta con un rezago el cual es insuficiente para cubrir las necesidades de la población.
Como se desprende del citado Programa Parcial, éste se integra de recursos tanto propios como federales, los cuales están sujetos a la aplicación de la Ley de la materia correspondiente; por lo que el Ayuntamiento de Cuernavaca Morelos ha realizado las acciones necesarias que le permitan ejecutar la obra pública siempre al amparo de la Legislación correspondiente; es precisamente de estas acciones que se ha observado lo siguiente:
1. La aprobación y publicación oficial en el Presupuesto de Egresos de la Federación de las obras que en su mayoría son pavimentaciones, alumbrado público, la construcción de aulas, drenajes sanitarios, muro de contención, rehabilitación de camellón y rehabilitación de ayudantía municipal respectivamente.
Para el recurso del FISMDF existen obras de drenaje sanitario, electrificaciones, pavimentos, tanques elevados, red de distribución de agua potable, mejoramiento de sanitarios en escuelas y mejoramiento de vivienda.
2. Es por ello que dado los montos de actuación, es procedente se lleven a cabo los procedimientos correspondientes, a cada una de las obras a realizar; es decir bajo el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas o Licitación Restringida, en términos de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Morelos y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
3. Que el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas o Licitación Restringida, permitirá que las obras se adjudiquen, en igualdad de oportunidades y condiciones, a contratistas locales, lo que a su vez generará y fomentará el sostenimiento, creación de empleos directos e indirectos en beneficio de la población municipal; así como, aquellos que utilicen bienes o insumos procedentes de este municipio o del estado.

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Periódico Oficial de Morelos del 6/2/2019

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date06/02/2019

Page count48

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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