Periódico Oficial de Morelos del 23/9/2015

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Source: Periódico Oficial de Morelos

Página 2

PERIÓDICO OFICIAL

GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL
DE
CUERNAVACA
Acuerdo AC/SO/13-VIII-2015/596.- Que aprueba el dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, en materia de Transparencia y de Combate a la Corrupción.
Pág. 34
AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL
DE
XOCHITEPEC
a Acuerdo Número 9-16 /SOC/HAX/05/08/15 que aprueba el Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ayuntamiento de Xochitepec.
Pág. 54
ORGANISMOS DE LOS AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL
DE
ZACATEPEC
SISTEMA
DE
CONSERVACIÓN
AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE ZACATEPEC
Acta de la Décima Quinta Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del Sistema de Conservación de Agua Potable y Saneamiento de Zacatepec.
Pág. 58
EDICTOS Y AVISOS
Pág. 62
Al margen izquierdo un Escudo del Estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos. Poder Legislatura. LIII Legislatura. 2015-2018.
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA
DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL
ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
En Sesión Ordinaria de Pleno de fecha 07 de septiembre de 2015, los Diputados integrantes de la Junta Política y de Gobierno de la LIII Legislatura del Congreso del Estado de Morelos, presentaron ante el Pleno propuesta de acuerdo por el que se designa al Director del Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado de Morelos, bajo los siguientes términos:
CONSIDERACIONES
Con fecha 1º de septiembre de dos mil quince, quedó legalmente instalada la Quincuagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado, integrada de manera plural por las diversas fuerzas políticas surgidas de las elecciones constitucionales celebradas en junio pasado.

23 de Septiembre de 2015

De esta manera iniciaron los trabajos legislativos que corresponden al presente ejercicio constitucional, entre los cuales se encuentra la designación de los titulares de los órganos administrativos del Congreso, los cuales coadyuvarán en el desarrollo de las funciones que realizan los diputados.
Debe señalarse que conforme al artículo 89 de nuestro ordenamiento interior, el Congreso del Estado para su funcionamiento cuenta con órganos administrativos, entre los que se encuentra el Instituto de Investigaciones Legislativas, mismo que tiene como función principal fungir como el órgano especializado encargado del desarrollo de investigaciones, estudios, análisis legislativos y apoyo técnico consultivo.
Por otra parte, la Ley Orgánica para el Congreso, dispone en el artículo 102, los requisitos para ocupar dicho cargo y el artículo 50, fracción III, inciso e del mismo ordenamiento, establece que corresponde a la Junta Política y de Gobierno, proponer al Pleno la designación y remoción de los titulares de los órganos administrativos del Congreso, mediante el voto de mayoría calificada de los integrantes del Poder Legislativo del Estado.
Además de lo anterior, es necesario señalar que actualmente el Instituto de Investigaciones Legislativas no cuenta actualmente con titular, ya que la anterior legislatura designó a una encargada de despacho y dado que corresponde a este órgano proponer su designación, los integrantes de este órgano de gobierno, hemos analizado y discutido el perfil del profesionista que debe ocupar dicho cargo.
Así, el artículo 102 de la Ley Orgánica para el Congreso, establece que para ocupar el cargo de Director del Instituto de Investigaciones Legislativas se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos políticos y civiles;
II. No haber sido condenado en sentencia firme por delito intencional que amerite pena privativa de libertad;
III. Contar con los conocimientos, experiencia y capacidad en el ámbito de la investigación legislativa;
y IV. Contar con título de licenciatura en el ámbito de las ciencias humanas y cédula profesional legalmente expedida, con una antigedad mínima de cinco años.
En consecuencia, la Junta Política y de Gobierno propone como Director del Instituto de Investigaciones Legislativas al Lic. Sergio Álvarez Mata, el cual reúne los requisitos señalados en el artículo 102 del ordenamiento interior del Congreso.

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Periódico Oficial de Morelos del 23/9/2015

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date23/09/2015

Page count64

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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