Periódico Oficial de Michoacán del día 5/8/2020

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Source: Periódico Oficial de Michoacán

PÁGINA 2

Miércoles 5 de Agosto de 2020. 1a. Secc.

artículos, 115 fracción II, de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 123 fracción IV de La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, artículo, 32 inciso a fracción XIII, 49 fracción V, 145, 146, 147, 148 fracción II la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, se solicita de la aprobación de los integrantes del Ayuntamiento del REGLAMENTO DE LIMPIEZA Y ECOLOGIA PARA EL
MUNICIPIO DE CHAVINDA. Expuesto lo anterior, se pregunta a los integrantes del Ayuntamiento si existe alguna duda al respecto, manifestando los integrantes del Cabildo que no hay más preguntas por hacer. Toda vez que el Cabildo ha considerado, analizado y discutido lo suficiente el punto de acuerdo, es solicitada la votación y lográndose el siguiente:

PERIÓDICO OFICIAL

Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo;
32 inciso a fracción XIII de la Ley Orgánica Municipal, en sesión ordinaria de Cabildo número 077, celebrada el día 15 del mes de julio del año 2020, aprobó el siguiente:
REGLAMENTO DE LIMPIEZA Y ECOLOGÍA
PARA EL MUNICIPIO DE CHAVINDA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- La presente reglamentación es de orden público e interés general, Se aplicará en todo el Municipio, y es obligatoria para todos los ciudadanos y los visitantes.

A C U E R D O NUMERO 0246

"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"

Por unanimidad de votos a favor, de los integrantes del Ayuntamiento presentes en la sesión, conforme a las facultades otorgadas en el artículo 115 fracción II, de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, el artículo 123 fracción IV de la Constitución Política del Estado libre y Soberano de Michoacán de Ocampo y los artículos 49 fracción V, 145, 146, 147 y 148 de La Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, se aprueba EL REGLAMENTO DE LIMPIEZA Y ECOLOGIA
PARA EL MUNICIPIO DE CHAVINDA. Se autoriza para que se presente un tanto del mismo al Periódico Oficial del Estado para su publicación, dicho documento forma parte integral de la presente acta.

Aprobado por el Ayuntamiento de Chavinda, Michoacán en sesión ordinaria de Ayuntamiento de fecha 15 de julio de 2020. Asentado en el libro de actas 2020 de sesiones de Ayuntamiento con el número 77 setenta y siete.

C. José Luis Castillo García, Presidente Municipal.- C. Ma. Del Rosario Rodríguez Flores, Síndico.- C. Jorge Martínez Aguilar, Regidor.- C. Silvia Moreno González, Regidora.- C. Consuelo Amezcua Hernández, Regidora.- C. Josefina Padilla Pacheco, Regidora.- C. Celina Berenice Ponce Sánchez, Regidora.- C. Carlos Cortes Olivares, Regidor.- C. Rubén Murillo Ponce, Regidor.- Lic.
José Aguayo Villanueva, Secretario del Ayuntamiento. Firmados.

A
I P
O C

Artículo 3.- Para los efectos del Reglamento se entiende por basura el material generado en la extracción, aprovechamiento y transformación de productos, que ya no puede usarse en el proceso original, siempre que su manejo no esté considerado peligroso productos químicos y objetos punzocortantes según la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Michoacán.
El reglamento abarca la basura proveniente de casas habitación, oficinas, plazas, vía pública, comercios, mercados, talleres, industrias y otros lugares similares a los mencionados.
Artículo 4.- Los sitios de almacenamiento final se ubicarán a distancias convenientes de los centros de población, sujetos a la normatividad de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.
Artículo 5.- Los desechos sólidos que recolecte y transporte el área correspondiente, o reciba en los tiraderos finales, serán de su exclusiva propiedad, salvo que el H. Ayuntamiento concesione estas actividades.
Artículo 6.- El Oficial Mayor normará la selección o pepena de los desechos sólidos en el entierro sanitario, sujetándose a las disposiciones siguientes:
I.

El horario de selección o pepena será de las 7:00 a las 18:00 horas;

II.

Fuera del horario establecido, ningún miembro del personal podrá permanecer en el área del relleno sanitario;

III.

Dentro de la zona del relleno sanitario se prohíbe establecer cualquier tipo de vivienda o instalaciones similares;

IV.

Queda prohibida la entrada y la permanencia de menores


REGLAMENTO DE LIMPIEZA Y ECOLOGÍA
PARA EL MUNICIPIO
Que el Honorable Ayuntamiento que presido, con fundamento en los artículos, 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 123, fracción IV de la Constitución
L A
G E
L

El Presidente Municipal.
El Síndico.
El Oficial Mayor.
Los regidores encargados de esta Comisión.
Todos los ciudadanos del Municipio.

R
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No habiendo más asuntos a tratar, se da por terminada la presente sesión ordinaria, siendo las 11:34 once horas con treinta y cuatro minutos, del día 15 de julio de 2020 dos mil veinte firmando la presente acta para su debida constancia y validez legal, quienes en ella intervinieron, lo que hago constar y doy fe.

N
I S

Artículo 2.- Los responsables de la prestación de los servicios públicos, vigilancia y cumplimiento de este Reglamento son los funcionarios y organismos siguientes:

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Periódico Oficial de Michoacán del día 5/8/2020

TitlePeriódico Oficial de Michoacán

CountryMexico

Date05/08/2020

Page count8

Edition count6992

First edition04/01/1954

Last issue10/05/2024

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