Periódico Oficial de Michoacán del día 19/9/2018

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Source: Periódico Oficial de Michoacán

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"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"

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Miércoles 19 de Septiembre de 2018. 1a. Secc.

Planos aprobados de las redes de agua potable drenaje sanitario.
Planos aprobados de las redes de electrificació y alumbrado público.
Memoria descriptiva del desarrollo o conjunto habitacional.
Bitácora de obra.
Copias certificadas de las pruebas del laboratorio, respecto de la calidad de los materiales utilizados en las obras de urbanización, edificación y de las compactaciones en la estructura de las vialidades.
Garantía en cualquiera de las modalidades dispuestas en el artículo 385 del Código, a favor del Ayuntamiento por el diez por ciento del presupuesto total actualizado de las obras de urbanización, para garantizar la reparación y complemento de las obras faltantes o defectuosas y que estará vigente un año posterior a la entrega recepción de las obras de urbanización. Esta garantía deberá entregarse a más tardar ocho días hábiles posteriores a la expedición del dictamen técnico-jurídico que autoriza la recepción de obras, que en su caso, emita la Dependencia Municipal.
Dictamen técnico jurídico.
Copia del acta de entrega-recepción de las redes de agua potable, drenaje, alcantarillado, así como la electrificación y alumbrado público, expedidos por los organismos operadores de dichos servicios.
En los términos de los dispuesto por el artículo 415 del Código de Desarrollo Urbano del Estado, la presente acta será publicada en el Periódico Oficial del Estado, por una sola vez, cuyo costo será a cargo del propietario del desarrollo o desarrollo en condominio que se recibe debiendo de presentar ante este H. Ayuntamiento el documento que así acredite el hecho.

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ACTAENTREGA-RECEPCIÓN
Cotija, Mich.
Acta de Entrega - Recepción Acta de entrega recepción para la Municipalización del desarrollo tipo medio denominado Las Palmas, ubicado en el oriente del Municipio de Cotija Michoacán, propiedad del C. Efraín Valencia Maldonado.
En la localidad de Cotija de La Paz, Michoacán, siendo las dieciseis horas del día treinta del mes de Agosto del año 2018 el C. Efraín Valencia Maldonado en su carácter de propietario por medio de su apoderado el Lic. Herlán Armando Chávez Valencia hace entrega física y formal al H.
Ayuntamiento de Cotija del desarrollo tipo medio denominado Las Palmas, y de los bienes inmuebles, equipo e instalaciones destinadas a los servicios públicos, vialidades, áreas verdes, de donación y obras de urbanización, de conformidad, a lo estipulado en el oficio de autorización número 083/2018 de fecha veintisiete de Julio del dos mil dieciocho, así como el plano de lotificación y vialidad y planos de servicio autorizados por las autoridades correspondientes, Mtro. Manuel Damián Oseguera en su carácter de Regidor de Desarrollo Urbano asistido por el Ing. Antonio Isaac García Ayala Director de Desarrollo Urbano, reciben en nombre del H. Ayuntamiento, el desarrollo tipo medio, denominado Las Palmas para que a partir de esta fecha, hacerse cargo del mantenimiento y conservación del mismo, considerando que para responder de los desperfectos y posibles vicios ocultos que pudieran tener las obras de urbanización que se reciben, el desarrollador otorga fianza de garantía número 1935823 por la cantidad de $320,637.16 Trescientos veinte mil seiscientos treinta y siete pesos 16/100 m.n expedida por ACE Fianzas Monterrey S.A.

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Así y con apoyo en lo dispuesto en los artículos 385, 407, 408, 409, 411, 412, 413 y 414 del Código de Desarrollo Urbano del Estado, y en caso de la factibilidad que se me confiere se levanta la presente acta, firmándola para su debida constancia y efectos legales.

PERIÓDICO OFICIAL

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Que con fecha treinta de agosto del dos mil dieciocho se llevó a cabo la autorización del Dictamen Técnico Jurídico que sirve de base para la presente Acta de Entrega Recepción del desarrollo, que se recibe.

Propietario, Efraín Valencia Maldonado, por medio de su apoderado legal, Lic. Herlán Armando Chávez Valencia.
Firmado.

Se ratifica que el área de vialidad que constituyan las calles, así como áreas ajardinadas que se localizan dentro de la superficie que constituye el desarrollo que se recibe, pasan a formar parte del patrimonio del municipio como bienes de dominio público o de uso común en los términos previstos por la fracción III del artículo 101 de la Ley Orgánica Municipal, por lo que el propietario del desarrollo no se reserva ningún derecho, ni presente o futuro sobre dichas áreas, estando de acuerdo en que así se registren ante la Dirección de Catastro y en propio H. Ayuntamiento de manera oficial.

40000046458-08-08-18 y 40150108289-13-09-18

Anexos que forman parte de la presente acta:

Director de Desarrollo Urbano e IMUVI, Ing. Antonio Isaac García Ayala. Firmado.

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Regidor de Educación Pública, Desarrollo urbano y Desarrollo Rural, Mtro. Manuel Damián Oseguera.
Firmado.

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Periódico Oficial de Michoacán del día 19/9/2018

TitlePeriódico Oficial de Michoacán

CountryMexico

Date19/09/2018

Page count8

Edition count6978

First edition04/01/1954

Last issue29/03/2024

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