Periódico Oficial de Chihuahua del 8/8/2018

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Source: Periódico Oficial de Chihuahua

4450
Juzgado Cuarto de lo Familiar Distrito Bravos Cd.Juárez, Chih.

PERIÓDICO OFICIAL

Miércoles 08 de agosto de 2018.

SENTENCIA

CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA; A DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
V I S T O S, para RESOLVER en DEFINITIVA los autos que integran el JUICIO DE DIVORCIO VOLUNTARIO, promovido por los C. JOSE ALBERTO BLANCO GALLEGOS y LIZETH VELASCO ROMAN, según el expediente 774/2009 y;
RESULTANDO
CONSIDERANDO
Por lo anteriormente expuesto y fundado es procedente resolver y se;
RESUELVE:
PRIMERO.- Ha procedido la vía Especial de DIVORCIO VOLUNTARIO.
SEGUNDO.- Se declara disuelto con todas sus consecuencias legales, el matrimonio contraído por los C. JOSE ALBERTO BLANCO
GALLEGOS y LIZETH VELASCO ROMAN, mismo que fue celebrado el día dos de octubre del año dos mil dos, ante el Titular de la Primera Oficialía del Registro Civil de esta ciudad, bajo el régimen de sociedad conyugal.
TERCERO.- Se aprueba en todos sus términos el convenio que celebraron las personas citadas, y que aparece reproducido en la parte considerativa de ésta sentencia, por lo que se les ordena que lo cumplan íntegramente.
CUARTO.- Quedan los solicitantes en aptitud de contraer nuevas nupcias, pero la mujer no podrá hacerlo sino hasta que hayan transcurrido trescientos días de que se haya separado físicamente de quien fue su marido o mediare el requisito previsto por el artículo 257 del Código Civil .
QUINTO.- Al causar ejecutoria la presente resolución, gírese oficio con los insertos necesarios, al C. Encargado de la Oficina del Periódico Oficial del Estado, para que publique sus puntos resolutivos, así como al C. Coordinador de las Oficialías del Registro Civil de esta ciudad, para que elabore el acta de divorcio correspondiente, y para que provea lo conducente, a efecto de que se realice la anotación marginal en el acta del matrimonio número 1862, del libro número 891, a folio número 37 y en la de nacimiento de cada uno de los integrantes del matrimonio que concluyó.
N O T I F Í Q U E S E.
Así, lo resolvió en definitiva y lo firma, la C. LICENCIADA NORMA LETICIA NORES GARCÍA, Secretaria de Acuerdos encargada del Despacho por Ministerio de Ley del Juzgado Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial Bravos, por ausencia temporal de su titular, conforme lo establece el Artículo 154 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, quien actúa asistida de la Primera Secretaria Proyectista LICENCIADA SORELIA BETZABE AMPARAN LIMAS, en los términos indicados por el Artículo 177, segundo párrafo, del citado ordenamiento, que da fe de las actuaciones. DOY FE.
CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA, A VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
La C. LICENCIADA SORELIA BETZABE AMPARAN LIMAS, Secretaria Proyectista en funciones de Secretaria de Acuerdos, por ministerio de ley, y conforma lo establecido por los artículos 177,179 y 188 fraccion II, de la Ley Organica del Poder Judicial del Estado, y en los artículos 72, 76 y conducentes del Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado, hace constar y certifica: Que la resolución dictada con fecha diez de junio del año dos mil nueve, no fue recurrida por ninguna de las partes, haciéndose constar para los fines legales a que haya lugar.- CONSTE.CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA, A VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Vista la constancia que antecede y como se desprende de la misma, la anterior resolución no fue impugnada dentro del término legal por ninguna de las partes, se declara que la misma ha causado ejecutoria, previas las anotaciones que se hagan en el libro de Gobierno, archívese el asunto como totalmente concluído, hágase devolución de los documentos agregados al expediente, y expídase copia certificada de la sentencia ejecutoriada. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 397 y 398 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado.
NOTIFIQUESE.
Así, lo acordó y firma Secretaria de Acuerdos encargada del Despacho por Ministerio de Ley del Juzgado Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial Bravos, por ausencia temporal de su titular, conforme lo establece el Articulo 154 de la Ley Organica del Poder Judicial del Estado la LICENCIADA NORMA LETICIA NORES GARCIA, quien actua asistida de la Primera Secretaria Proyectista LICENCIADA SORELIA BETZABE AMPARAN LIMAS en los términos indicados por el Articulo 177, segundo párrafo, del citado ordenamiento, que da fe de las actuaciones. DOY FE.
JOSE ALBERTO BLANCO GALLEGOS
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Periódico Oficial de Chihuahua del 8/8/2018

TitlePeriódico Oficial de Chihuahua

CountryMexico

Date08/08/2018

Page count24

Edition count1254

First edition02/01/2008

Last issue30/03/2024

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