Periódico Oficial de Chiapas del 20/5/2020

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Source: Periódico Oficial de Chiapas

miércoles 20 de mayo de 2020

Periódico Oficial No. 104

Lo anterior, se ve reflejado en el incremento del porcentaje de mujeres trabajadoras en 91% como porcentaje de la fuerza de trabajo masculino, incentivando el modelo de familia sustentadores o parejas de doble ingreso. Mientras que en países que incentivan el modelo donde solo trabaja un único proveedor en la familia, sólo el 78% de las mujeres trabajan como porcentaje de la fuerza de trabajo masculino, y del 9.4% de mujeres que tienen dos hijos.
Las estadísticas revelan el impacto significativo de estas medidas en reducir la dependencia de las madres del ingreso masculino y el éxito que han tenido en apoyar su autonomía. Es importante mencionar que no solo se trata de indicadores de empleo sino de actitudes en la población respecto al hecho de que la mujer trabaje al igual que el hombre y que tengan ambos los mismos derechos y responsabilidades, puesto que genera diferentes valores y actitudes Esser y Ferrarini 2007.
En el caso de México, es preocupante que la actual licencia de paternidad otorgada a nivel federal solo proporciona un permiso de cinco días para hombres y tres meses para las mujeres y a nivel local, en Chiapas, veintiún días para hombres y tres meses para las mujeres, a través de la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas, existiendo una disparidad, la cual se observa en los artículos 26 y 27 de dicha Ley:
Artículo 26.- Las trabajadoras en estado de gravidez disfrutarán de licencia con goce de sueldo íntegro, en la forma siguiente: treinta días antes de la fecha probable del parto y sesenta días después de este, en total noventa días previa certificación médica de la institución de seguridad social correspondiente.
Los treinta días previos a la fecha probable de parto referido en el párrafo que antecede, podrán ser transferidos al posparto, a solicitud de las trabajadoras embarazadas previa autorización médica.
Artículo 27.- los hombres trabajadores gozarán del permiso de paternidad en el caso del nacimiento de sus hijos, que consistirá en la autorización de veintiún días laborables de licencia con goce de sueldo; dicho permiso será otorgado también en el caso de adopción de un infante.
El permiso de paternidad se podrá utilizar una semana antes de la fecha fijada para el parto, sin menoscabo de los derechos laborales que hubieren adquirido por la relación de trabajo.
Además de la disparidad existente de cada permiso, no se reconoce en dicho articulado el derecho a un permiso en igualdad de circunstancias, siendo omisa e insuficiente la perspectiva de género con la que se reformó, lo cual debe considerarse para promover una corresponsabilidad en la familia y en el hogar por parte de ambos, y al mismo tiempo las mujeres pueden permanecer y progresar en sus trabajos remunerados, en igual condiciones que los padres.
Asimismo, estudios han señalado que uno de los tres grandes retos de los países es que estos han ignorado de manera sistemática el cambio del papel de las mujeres en la sociedad, sosteniendo que esto ha ocurrido ya que en la mayoría de las sociedades desarrolladas las políticas adoptadas no han proporcionado una respuesta adecuada a la revolución femenina.
Para ello, un elemento central de la Agenda 2030 que deben retomar todos los países es hacer valer los objetivos de desarrollo sostenible en la materia, en particular, el objetivo de:
"Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas"
En ese sentido, la iniciativa propone medidas concretas que permitirán puntualmente promover las responsabilidades compartidas en el hogar y la familia. Así como aprobar y fortalecer leyes aplicables a las que se refieran las metas 5.4 y meta 5c de dicho objetivo de desarrollo sostenible:

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Periódico Oficial de Chiapas del 20/5/2020

TitlePeriódico Oficial de Chiapas

CountryMexico

Date20/05/2020

Page count58

Edition count1038

First edition11/12/2006

Last issue28/06/2023

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