Periódico Oficial de Chiapas del 21/8/2013

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Chiapas

Periódico Oficial No. 051

Miércoles 21 de Agosto de 2013

Publicaciones Estatales:
Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto Número 240
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Comisión Permanente de la Honorable Sexagésima Quinta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
Decreto Número 240
La Comisión Permanente de la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política local; y, Considerando Que el Poder Público del Estado se divide para su ejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en términos de lo dispuesto en el artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Que el Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado, se integra con un Tribunal Constitucional, Salas Regionales Colegiadas, Juzgados de Primera Instancia, Juzgados y Salas Especializadas en Justicia para Adolescentes, Juzgados de Paz y Conciliación, Juzgados de Paz y Conciliación Indígena, Juzgados Municipales, un Centro Estatal de Justicia Alternativa y un Instituto de Defensoría Social; tal y como lo establecen los artículos 57, párrafo primero, de la Constitución Política local y 16, del Código de Organización del Poder Judicial del Estado de Chiapas.
Que los artículos 62, párrafo primero, de la Constitución Política local y 17, del Código de Organización del Poder Judicial del Estado, disponen, que el nombramiento de los Magistrados del Tribunal Constitucional, de las Salas Regionales Colegiadas y de las Salas Especializadas en Justicia para Adolescentes, deberá hacerse en los términos de la Constitución Política del Estado de Chiapas, de manera preferente entre aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la impartición de justicia, o en quienes por su honorabilidad, competencia y profesionalismo se hayan destacado en otras ramas de la profesión jurídica.
Correlativamente a lo previsto en el párrafo que antecede, los artículos 57, párrafo octavo, de la Constitución Política local y 19, párrafo primero, del Código de Organización del Poder Judicial del Estado, indican, que los nombramientos de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, salvo los Magistrados Constitucionales, serán aprobados por el Pleno del Congreso del Estado o la Comisión Permanente en su caso, a propuesta del Titular del Poder Ejecutivo, con la aprobación de la mayoría de sus integrantes.
4

About this edition

Periódico Oficial de Chiapas del 21/8/2013

TitlePeriódico Oficial de Chiapas

CountryMexico

Date21/08/2013

Page count124

Edition count1038

First edition11/12/2006

Last issue28/06/2023

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2013>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031