Periódico Oficial de Chiapas del 12/3/2014 - Sección Quinta

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Quinta

Periódico Oficial No. 092-5a. Sección
Miércoles 12 de Marzo de 2014

Publicación Estatal:
Publicación No. 469-A-2014
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas, en uso de las facultades que me confieren los artículos 13 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, así como, 2 y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; y, Considerando Que la Secretaría General de Gobierno es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, la cual está obligada a coordinar sus actividades con las demás dependencias de la Administración Pública del Estado, para brindar una mejor atención a la ciudadanía.
Es importante fortalecer la comunicación entre el Estado y la sociedad, así como necesario orientar los esfuerzos a una modernización administrativa que permita a la ciudadanía hacer accesible y fácil su interrelación con la autoridad.
El artículo 11 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno señala que el conocimiento, trámite y resolución de los asuntos competencia de la Secretaría corresponde originalmente al Secretario, quien para la mejor atención, administración, desarrollo y realización de sus funciones, podrá delegarlas en servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, con excepción de las que por su naturaleza sean indelegables.
Con la presente, se sostiene el firme principio de funcionalidad y transparencia en el desarrollo de la ejecución de los diversos recursos de la Entidad, por ello es necesario realizar una adecuada organización operativa en la entidad Chiapaneca, procurando con ello fortalecer su ámbito de competencia así como la de eficientar la coordinación de las acciones que le corresponden realizar.
Con esta delegación de funciones, se logrará hacer más eficiente y expedito el ejercicio de las facultades que le competen a esta Secretaría.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, tengo a bien expedir el siguiente:
Acuerdo por el que se establece la operatividad de las Subsecretarías de Gobierno Regionales Artículo Único.- La Secretaría General de Gobierno establece que con la finalidad de una mejora operativa en las regiones del Estado, la Delegación de Ixtapa será atendida operativamente por la Subsecretaría Regional I Metropolitana y la Coordinación Regional Chiapa de Corzo con sede en Chiapa de Corzo; y la Delegación de Amatenango del Valle será atendida operativamente por la Subsecretaria de Gobierno Región IV De los Llanos, y la Coordinación Regional de Venustiano Carranza con sede en el Municipio de Venustiano Carranza.
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Periódico Oficial de Chiapas del 12/3/2014 - Sección Quinta

TitlePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Quinta

CountryMexico

Date12/03/2014

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Edition count24

First edition06/06/2007

Last issue06/10/2021

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