Periódico Oficial de Chiapas del 19/12/2018 - Sección Tercera
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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera
miércoles 19 de diciembre de 2018
Periódico Oficial No. 002 3a. Sección
7792
Publicación No. 0017-A-2018
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
DR. JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ, en mi carácter de Secretario de Hacienda, en el ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, 15, 28 fracción II y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, 13 fracción ll y 21 párrafo cuarto del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, 13 fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda; y, CONSIDERANDO
Que el articulo 21 párrafos tercero y cuarto, del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, establece los días que se consideran inhábiles, para los plazos fijados en días, determinando asimismo que las vacaciones generales de las autoridades hacendarias se consideran inhábiles y que dicho periodo de vacaciones generales será fijado por el Titular de la Secretaría de Hacienda, mediante acuerdo que al efecto emita, entendiéndose por autoridades hacendarias las señaladas en el artículo 13 del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas.
En ese sentido, y a efecto de otorgar certidumbre jurídica a los contribuyentes es oportuno hacer de su conocimiento que en dicho periodo se suspenden los términos y plazos respecto a los actos de autoridad, así como las solicitudes y recursos promovidos por los sujetos obligados a contribuir.
Por los fundamentos y consideraciones anteriores, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA EL PERIODO DE VACACIONES
GENERALES DE LAS AUTORIDADES HACENDARIAS
Único.- Durante el periodo comprendido del 20 de diciembre de 2018 al 04 de enero de 2019, se suspenden los plazos y términos legales relacionados a las solicitudes, recursos, procedimientos y requerimientos, para efectos de los actos administrativos y jurídicos, en general a cargo de la Secretaría de Hacienda, derivado del periodo de vacaciones generales de las autoridades hacendarias a que se refiere el artículo 21 párrafo cuarto del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas.
TRANSITORIOS
Artículo Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su firma, mismo que deberá ser publicado en el Periódico Oficial.
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