Periódico Oficial de Chiapas del 27/6/2007 - Sección Tercera
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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera
Miércoles 27 de Junio de 2007
Periódico Oficial No. 034-3a. Sección
Administración Pública del Estado de Chiapas, resulta necesario readecuar el funcionamiento de la Comisión Especial de Reconstrucción para las Zonas Afectadas por Stan, fortalecimiento su institución administrativa y la manera en que se designará al Titular de dicho Organismo Auxiliar, así como, los lugares en donde establecerá su operación para atender con mayor eficacia y eficiencia el objeto para el cual fue constituido.
Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, el Ejecutivo Estatal a mi cargo, tiene a bien expedir el siguiente:
Decreto que Reforma y Adiciona diversas disposiciones del Decreto por el que se crea la Comisión Especial de Reconstrucción para las Zonas Afectadas por Stan.
Artículo Único.- Se reforman los artículos 2 y 5, del Decreto por el que se crea la Comisión Especial de Reconstrucción para las zonas afectadas por Stan, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 006, Tomo III, Segunda Sección, de fecha once de diciembre del año dos mil seis, para quedar como sigue:
Artículo 2.- La Comisión tendrá su domicilio legal en la Ciudad de Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas, en donde establecerá su oficina principal, pudiendo instituir otras oficinas alternas en los diversos Municipios del Estado, para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 5.- La Comisión estará a cargo de un Comisionado Especial, quien no percibirá retribución, compensación o emolumento alguno por sus funciones; tendrá el carácter de honorífico, y será nombrado y removido por el Gobernador del Estado.
Transitorios Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su expedición, y será publicado en el Periódico Oficial del Estado.
Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Artículo Tercero.- En cumplimiento a lo previsto en el artículo 8, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, publíquese el presente decreto en el Periódico Oficial del Estado.
Dado en el Palacio de Gobierno, Residencia Oficial del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil siete.
Juan Sabines Guerrero, Gobernador del Estado.- Jorge Antonio Morales Messner, Secretario de Gobierno.- Rúbricas.
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