Periódico Oficial de Chiapas del 5/10/2022 - Sección Segunda
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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda
miércoles 05 de octubre de 2022
SGG-ID-PO16419
Periódico Oficial No. 247 2a. Sección
PUBLICACIONES MUNICIPALES
Publicación No. 1322-C-2022
Noé Alejandro Suarez, Presidente Municipal Constitucional de San Lucas, Chiapas; en pleno ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82 de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 45 fracciones II, 57
fracciones I y XIII y 213 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas; en cumplimiento al acuerdo de cabildo tomado por el H.
Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 01 de Agosto del 2022, en el acta número 048/2022, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de San Lucas, Chiapas; en uso de las facultades que la concede el artículo 45 fracción ll de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas; y;
Considerando La Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Chiapas, en su artículo 110, fracción III estatuye que los servidores públicos deberán observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.
La construcción de una nueva ética pública, así como la recuperación de la confianza de la sociedad, en sus autoridades y el compromiso con la excelencia por parte de los servidores públicos, son prioridades de este Gobierno Municipal, a fin de lograr la transformación del Estado y con ello contribuir con un país próspero y ordenado, basado en relaciones sociales justas, democráticas, respetuosas y fraternas.
De conformidad con los artículos 4 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas y 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas, se establecen como los principios que rigen al servicio público: la disciplina, la legalidad, la objetividad, el profesionalismo, la honradez, la lealtad, la imparcialidad, la eficiencia, la eficacia, la equidad, la transparencia, la economía, la integridad, la competencia por mérito y la rendición de cuentas.
Que en términos de artículo 16, de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas, el personal que labore en el servicio público deberá observar el Código de Ética que emitan la Secretaría o los Órganos Internos de Control, para que, en su actuación, impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño.
Que en sesión ordinaria de fecha 09 de diciembre de 2021, el Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas, aprobó el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que hace referencia el Artículo 16 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, tengo a bien expedir el siguiente:
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