Periódico Oficial de Aguascalientes del 26/6/2023

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 2

Primera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Junio 26 de 2023

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:

La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 368

ARTICULO ÚNICO. - Se Reforman los párrafos segundo y tercero del artículo 107 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 107.-
I. a la VII.

A

P

En el caso de homicidio doloso calificado a que se refieren las fracciones I a la III, se aplicará al responsable de 15 a 40 años de prisión, de 150 a 500 días multa y pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. En el caso de las fracciones IV a la VI se aplicará al responsable de 20 a 50 años de prisión, de 500 a 1000 días de multa y pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

R

Si las lesiones dolosas son calificadas, la punibilidad establecida en el artículo 104 se aumentará hasta en dos terceras partes en sus mínimos y máximos, en tratándose de los supuestos de las fracciones V, VI y VII
del presente artículo.
TRANSITORIO

A

ARTÍCULO ÚNICO. - El presente Decreto iniciará su vigencia al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

C

Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

O

Dado en el Salón de Sesiones Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes, del Palacio Legislativo, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil veintitrés Lo que tenemos el honor de comunicar a Usted, para los efectos Constitucionales conducentes.

S

ATENTAMENTE.
LA MESA DIRECTIVA

N

Aguascalientes, Ags., a 18 de mayo del año 2023.

JOSÉ DE JESÚS ALTAMIRA ACOSTA
DIPUTADO EN FUNCIONES DE
SEGUNDO SECRETARIO

A

LT

GLADYS ADRIANA RAMÍREZ AGUILAR
DIPUTADA PRIMER SECRETARIA

U

SALVADOR MAXIMILIANO RAMÍREZ HERNÁNDEZ
DIPUTADO PRESIDENTE

En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35, 36, 46 fracción I y 49 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, para su debida publicación y observancia, Promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 21 de junio de 2023.- La Gobernadora del Estado de Aguascalientes, C. María Teresa Jiménez Esquivel.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Mtro. Florentino de Jesús Reyes Berlié.- Rúbrica.

About this edition

Periódico Oficial de Aguascalientes del 26/6/2023

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes

CountryMexico

Date26/06/2023

Page count120

Edition count1339

First edition03/01/2000

Last issue28/08/2023

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2023>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930