Periódico Oficial de Aguascalientes del 22/2/2023

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Febrero 22 de 2023

PERIÓDICO OFICIAL

Pág. 3

A

O
IV
H C
R

desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y búsqueda de personas; para ocupar los espacios destinados en dicho órgano colegiado para tres familiares de personas desaparecidas y/o no localizadas dentro del territorio del Estado de Aguascalientes; dos especialistas de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas, o en la investigación y persecución de los delitos previstos en las leyes general y estatal aplicables en la materia, uno de los cuales se prefiere que sea forense, y dos representantes de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos; concediendo un plazo de nueve días hábiles para la presentación de propuestas de los candidatos.
IV. Que derivado de la Convocatoria a la Consulta Pública, se presentaron dentro del plazo establecido para tales efectos las propuestas de participación y los expedientes de tres familiares de personas desaparecidas dentro del territorio del Estado de Aguascalientes y de tres representantes de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos, sin que se hayan recibido propuestas de candidatos ciudadanos que ocupen los dos lugares para especialistas de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas, o en la investigación y persecución de los delitos previstos en las leyes general y estatal aplicables en la materia, para integrar el Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes.

ACUERDO

R

A

P

Es con base en lo anteriormente expuesto y vista la falta de propuestas de candidatos ciudadanos que ocupen los dos lugares para integrar debidamente el Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes, que fueran convocados para especialistas de reconocido prestigio en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas, o en la investigación y persecución de los delitos previstos en las leyes general y estatal aplicables en la materia; y, considerando la conveniencia para que la instalación del Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes, sea realizada en un solo evento y con la incorporación de sus siete integrantes; es por lo cual que se emite el siguiente:

A

PRIMERO. Se declara desierta la Consulta Pública para integrar el Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes, contenida en la Convocatoria publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 16 de enero de 2023; ordenándose la devolución de la documentación entregada por los participantes propuestos y quedando a salvo sus derechos para participar en la convocatoria subsecuente.

C

SEGUNDO. Se ordena la emisión y difusión de una Segunda Convocatoria de Consulta Pública para integrar el Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes.

O

U

S

N

Lo anterior, en el ejercicio de la facultad para resolver las situaciones no previstas, que me atribuye la Base Novena tercer párrafo de la Convocatoria para llevar a cabo la Consulta Pública para integrar el Consejo Estatal Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Aguascalientes, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el 16 de enero de 2023; dando cumplimiento al principio de gobernanza y participación ciudadana, establecido por el artículo 10 fracción IV, incisos b, e y f de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal y proveyendo el cumplimiento del objeto y principios establecidos en los artículos 2º, 3º y 5º de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; y, 2º, 3º y 5º de la Ley Para la Atención y Prevención de la Desaparición de Personas en el Estado de Aguascalientes.

LT

TERCERO. Se ordena la publicación del presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, en términos de lo dispuesto por el artículo 8º fracción III de la Ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, en relación con el artículo 5º primer párrafo de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.

MTRO. FLORENTINO DE JESÚS REYES BERLIÉ
Secretario General de Gobierno
A

Dado en las oficinas que ocupan la Secretaría General de Gobierno, en la ciudad de Aguascalientes, Ags., a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil veintitrés.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 22/2/2023

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes

CountryMexico

Date22/02/2023

Page count4

Edition count1339

First edition03/01/2000

Last issue28/08/2023

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