Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/2/2023

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 2

PERIÓDICO OFICIAL

Febrero 9 de 2023

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL JURÍDICO DE LA SECRETARÍA
DE DESARROLLO ECONÓMICO CIENCIA Y TECNOLOGÍA, LAS FACULTADES QUE LE
CORRESPONDEN AL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

C. MANUEL ALEJANDRO GONZÁLEZ MARTÍNEZ, Secretario de Desarrollo Económico, Ciencia y Tecnología, según consta mediante el Oficio Nº DG/N/003/2022, expedido por la Gobernadora Constitucional del Estado la C. María Teresa Jiménez Esquivel, Gobernadora Constitucional del Estado de fecha de 01 de Octubre del 2022 y con fundamento en los artículos 12 fracción V, 18, 22 fracciones II, XVII, 30 y 53 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, así como los artículos 7, 8, 9 y 13 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico, Ciencia y Tecnología, me permito expedir el siguiente:
ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES QUE SE OTORGA AL
C. ROGELIO EDGARDO BURWELL GARAY, DIRECTOR GENERAL JURÍDICO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

P

CONSIDERANDO

R

A

I.
La delegación de facultades, como la técnica de transferencia de una competencia propia de un servidor público titular que es el delegante a favor de un servidor público subordinado que es el delegado, persigue como propósito facilitar los fines del primero, cuya justificación y alcance se encuentran en la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal y en el Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Económico y por Acuerdo del Titular de la Secretaria de Desarrollo Económico, Ciencia y Tecnología.

A

II. Que para el perfeccionamiento del acto delegatorio se requiere la reunión de varios requisitos de índole legal, entre otros, la existencia de dos servidores públicos, el delegante y delegado, la titularidad por parte del primero de dos facultades, una que será transferida y otra la de delegar y la aptitud del segundo para recibir una competencia por la vía de la delegación, quedando su competencia fundamentada en la medida en que se cita el Acuerdo Delegatorio y la fecha de publicación en el periódico oficial del estado.

C

N

O

III. En efecto, como lo apunta Gabino Fraga: "Aun en el caso de delegación admitida por la ley, es ella misma, y no la voluntad de los funcionarios respectivos, la que autoriza que determinadas facultades se otorguen a otros funcionarios, lo cual equivale a que sea la propia ley el origen de la competencia delegada
por lo que el Poder Legislativo faculta al titular de una Dependencia Centralizada a delegar facultades a una Unidad Administrativa integrante de la propia Dependencia, pues por una parte valga repetir las Unidades Administrativas que componen una Dependencia Centralizada Estatal integran una unidad, la competencia de la autoridad delegada no deriva de la voluntad de la autoridad delegante, sino de la propia ley.

U

S

IV. Por lo tanto, en virtud de las facultades que me fueron conferidas y específicamente respecto de las facultades contempladas en los artículos 18, 22 fracciones II y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, publicada en el periódico oficial del estado, el treinta de septiembre de dos mil veintidós, numeral que a la letra dice en la parte que interesa:

LT

Artículo 18. Los Titulares de las Dependencias, para la mejor organización del trabajo, podrán delegar en los servidores públicos subalternos cualquiera de sus atribuciones, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas exclusivamente por dichos Titulares. Para su validez, los actos que hayan sido delegados deberán constar por escrito.
Artículo 22. Los Titulares de las Dependencias tendrán las atribuciones comunes siguientes:

A

II. Representar legalmente a la Dependencia a su cargo y, en los asuntos que así determine la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado;

XVII. Delegar cualquiera de sus facultades a los Titulares de las Unidades Administrativas que conforman su Dependencia, excepto aquellas que por disposición legal deba ejercer directamente;.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/2/2023

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes

CountryMexico

Date09/02/2023

Page count4

Edition count1339

First edition03/01/2000

Last issue28/08/2023

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