Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/1/2023

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 2

PERIÓDICO OFICIAL

Enero 17 de 2023

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:

La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 247

ARTICULO ÚNICO. - Se adiciona la fracción VII al artículo 2o; así mismo se reforman las fracciones V y VI
del artículo 2o; la fracción IV del artículo 26; la fracción V del artículo 30; y las fracciones IX y X del artículo 58 del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus Municipios, Órganos Constitucionales Autónomos y Organismos Descentralizados, para quedar en los siguientes términos:
ARTICULO 2o.-

P

Ia la IV.-

A

V.- ACOSO LABORAL. Forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico y laboral-profesional.

R

Esta se puede presentar en forma horizontal, vertical ascendente o vertical descendente, ya sea en el centro de trabajo o fuera de este siempre que esté vinculado a la relación laboral;

A

VI.-ACOSO SEXUAL. Es una forma de violencia consistente en cualquier conducta física, verbal o ambas, de naturaleza sexual o con fines lascivos, en donde si bien no existe la subordinación con la víctima, hay un ejercicio abusivo de poder, independientemente de que se realice en uno o varios eventos; y
ARTICULO 26.-

N

I.- a la III.-

O

C

VII.- HOSTIGAMIENTO SEXUAL. Es una forma de violencia consistente en cualquier conducta física, verbal o ambas, de naturaleza sexual o con fines lascivos, en el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente la persona que comete la agresión en el ámbito laboral, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

ARTICULO 30.-

LT

I.- a la IV.-

U

V.- a la XI-

S

IV.- Por cometer el trabajador actos de acoso laboral, hostigamiento sexual o acoso sexual en contra de cualquier trabajador del servicio público, dentro o fuera del centro de trabajo; debiendo en este caso seguirse el procedimiento señalado en el Artículo 29 del presente estatuto;

VIncurrir su jefe inmediato, superior jerárquico o colaboradores del servicio público, en actos de acoso laboral, hostigamiento sexual o acoso sexual, en contra del trabajador.

I.- a la VIII.-

A

ARTICULO 58.-

IX.-Abstenerse de realizar actos de acoso laboral, hostigamiento sexual o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo o aprovechando el desempeño de sus funciones; y

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/1/2023

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes

CountryMexico

Date17/01/2023

Page count46

Edition count1339

First edition03/01/2000

Last issue28/08/2023

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