Periódico Oficial de Aguascalientes del 4/7/2022

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 4

Primera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Julio 4 de 2022

A

MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:

O
IV
H C
R

Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:

La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 151

ARTÍCULO ÚNICO. - Se Reforman los artículos 1 Primer párrafo, fracciones I y III; 2 fracción I y párrafo segundo; 5 fracciones II y XI; 7 fracciones II, III, VIII y X; y 8, y se Adiciona un tercer párrafo al artículo 6, de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, para quedar como sigue:
Artículo 1. - La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general. Tiene por objeto establecer las bases, mecanismos e instrumentos para garantizar la paz y la seguridad ciudadana de las personas que habitan y transitan en el Estado de Aguascalientes, con pleno respeto a los derechos humanos, a través del establecimiento de los siguientes elementos:
I.- Normar la integración, coordinación, organización y funcionamiento del Sistema Estatal de Seguridad Pública;
II.-

R

Artículo 2.-

A

IV.-

P

III.- Regular la distribución de competencias en materia de seguridad pública y establecer las bases generales de coordinación entre el Estado y sus Municipios y demás instancias en materia de seguridad pública; y
II.- a la VII.-

A

l.- Salvaguardar la integridad y los derechos humanos y sus garantías, la preservación de las libertades, del orden y la paz pública, teniendo como eje central a la persona.

Artículo 5.-

N

I.

O

C

El Estado y los municipios en coordinación con la Federación, desarrollarán políticas de prevención social de las violencias y del delito con carácter integral, sobre las causas estructurales que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas de la violencia y el delito. El desarrollo de dichas políticas debe incluir la participación de sus habitantes, promoviendo en el ámbito de su competencia, acciones de coordinación con los sectores público, social y privado.

LT

III. a X.

U

S

II. Bases de datos criminalísticas y de personal: Las bases de datos que constituyen subconjuntos sistematizados de la información contenida en registros estatales y municipales, en materia de detenciones, información criminal, personal de seguridad pública, servicios de seguridad privada, armamento y equipo, vehículos, huellas dactilares de personas sujetas a un proceso o investigación penal, teléfonos celulares, registro de procesados y sentenciados, medidas cautelares, soluciones alternas y formas de terminación anticipada, así como las bases de datos del Ministerio Público y las instituciones policiales y las demás necesarias para la operación del Sistema;

XII. a la XX.
Artículo 6.-

A

XI. Instituciones Policiales: A los cuerpos de Policía, de seguridad y custodia del Sistema Penitenciario Estatal y del Centro Estatal de Desarrollo del Adolescente, de detención preventiva, o centros de arraigo, y en general, todas las dependencias encargadas de la seguridad pública estatal y municipal que realicen funciones similares. La Policía Ministerial del Estado quedará sujeta, por su ámbito de competencia, a las disposiciones de esta Ley, sin que ello demerite sus funciones y su sujeción a la potestad y vigilancia del Ministerio Público; y las demás que se constituyan con estricto apego a la Ley;

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 4/7/2022

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes

CountryMexico

Date04/07/2022

Page count70

Edition count1339

First edition03/01/2000

Last issue28/08/2023

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