Periódico Oficial de Aguascalientes del 20/1/2014 - Sección 4ta.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 58

Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Enero 20 de 2014

14. CRITERIOS DE CONCERTACIÓN
La secretaría de desarrollo urbano y el IMPLAN, difundirán y promoverán los programas correspondientes a las estrategias, para que los sectores públicos, privados, colegios, asociaciones civiles y educativos conozcan los apoyos que se ofrecerán a quienes formalicen contratos o convenios para la realización de proyectos descritos en las estrategias.
Así también una de las fases más importantes de la planeación, es la concertación de los acuerdos a fin de proponer las obras para el beneficio de la población del municipio, es en el mismo seno de los comités y subcomités y comisiones declarados en el Código Urbano y Municipal, para presentar las estrategias, obras y acciones que se incluyen en el esquema para posteriormente presentarse ante la Comisión de Desarrollo Urbano, donde se pretenderá su autorización y aprobación para que estos se incluyan en los programas operativos anuales tanto el municipio como del estado.
En esta misma comisión, se deberán de acordar el tipo y el monto de las obras que habrán de realizarse por cada uno de los niveles involucrados. Posteriormente deberán canalizarse al comité de planeación, toda vez que las obras que por su magnitud, que estén dentro del rango de obras que el municipio indique que deberán quedar incluidas en la información, para la concertación del convenio de desarrollos sociales y ser sometidos a la evaluación de las acciones y resultados de dichos convenios.
15. INSTRUMENTOS DE POLÍTICA
La ejecución, control y evaluación del esquema de desarrollo urbano para este centro de población 2013
al 2035, estará a cargo del municipio de Aguascalientes, cuya coordinación, que para tal efecto destine el presidentea del municipio y su cabildo correspondiente, transfiera al IMPLAN, y en coordinación con el Gobierno del Estado, la opinión de la Comisión Estatal, el Comité de Desarrollo Urbano y Rural del Municipio de Aguascalientes y en su caso con el Gobierno Federal representado por sus delegados en el Estado.
Para que exista esta coordinación habría de instrumentarse primero el proceso de aprobación, de control y evaluación.
Para la aprobación deberá de perseguir el siguiente procedimiento:
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Enviar el proyecto de esquema de desarrollo a la Comisión Estatal para que emitan su opinión.

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Enviar al Cabildo con la opinión de la Comisión.

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Después de su aprobación por el Honorable Cabildo de Aguascalientes, se envía a su publicación.

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Ya publicado se inscribe en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en su Área de Planes y Programas de Desarrollo Urbano.

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Se manda una versión síntesis del programa a los diarios de mayor circulación para el conocimiento de la población.

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Por último se registra en la Dirección de Planeación para el control del programa.

Para dar cumplimiento al contenido del esquema existen dos vertientes las cuales se complementan; por un lado, a través del otorgamiento de la constancia de compatibilidad urbanística, la cual deberá de ser otorgada con base a la estrategia de usos de suelo del esquema, que señala los usos y destinos que se permiten en toda la geografía de territorio del municipio, de conformidad con el artículo 153 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, y serán nulas de pleno derecho las constancias de compatibilidad urbanística que expida el Ayuntamiento en contravención a lo establecido en el mismo esquema de desarrollo con base al Artículo 157, de este mismo Código, y así también, son nulos de derecho las obras prohibidas en el esquema de desarrollo urbano del municipio de Aguascalientes, con base a la Ley Penal del Estado de Aguascalientes en su artículo 55 de los atentados al desarrollo urbano y en las fracciones IV y V.
Con la aprobación del siguiente esquema queda establecido que LA EVALUACIÓN DEL MISMO SE
EFECTUARÁ CUANDO MENOS CADA TRES AÑOS, PARA EVALUAR SU DINÁMICA EN CUANTO CAMBIOS
DE USO DE SUELO Y LA CONSOLIDACIÓN DE LAS ÁREAS DESTINADAS A ESTE EFECTO, EN CASO
DE MODIFICACIONES CONSIDERABLES SE HABRÁ QUE SEGUIR LOS PASOS QUE SE ENLISTAN EN
LA PARTE SUPERIOR DEL PÁRRAFO ANTERIOR.
16. PROYECTOS ESTRATÉGICOS
Con el objetivo de acotar y vigilar los asentamientos humanos irregulares, evitar su expansión, regularlos y evitar la incompatibilidad de usos de suelo y la erosión del mismo, así como la regulación y sanción constante en los centros de población, se propone establecer una procuraduría para el control y regulación de los programas urbanos, que apoye de manera reguladora, las acciones propuestas en los planes y programas de planeación municipal.
Implementar políticas públicas que promuevan la consolidación de los centros urbanos, antes de abrir las posibilidades de expansión hacia las reservas de crecimiento.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 20/1/2014 - Sección 4ta.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

CountryMexico

Date20/01/2014

Page count60

Edition count203

First edition31/12/2001

Last issue28/08/2023

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