Periódico Oficial de Aguascalientes del 30/1/2023 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Enero 30 de 2023

PERIÓDICO OFICIAL

Tercera Sección
Pág. 3

A

H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA

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H C
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Ingeniero JOSÉ ANTONIO ARÁMBULA LÓPEZ, Presidente Municipal de Jesús María, con fundamento en los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículos 18, 19, 20 y demás relativos y aplicables del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, a los habitantes del Municipio de Jesús María hace saber que el Honorable Ayuntamiento Constitucional 2021-2024, tuvo a bien aprobar el PRIMER MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, al tenor de lo siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con fundamento en el artículo 35 fracción XVI del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Jesús María, Aguascalientes; Capítulo III de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes, el H. Ayuntamiento del Municipio de Jesús María presentó ante el H. Congreso del Estado del Estado de Aguascalientes; la iniciativa de la Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2023.
Con fundamento en el artículo 115 fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fecha de 15 de diciembre de 2022, el H. Congreso del Estado de Aguascalientes, aprobó la Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes; para el Ejercicio Fiscal 2023, misma que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 31 de diciembre de 2022.

La Ley de Ingresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2023, incluye el presupuesto de ingresos para dicho Ejercicio Fiscal por un total de $ 903582,355.00 Novecientos Tres Millones Quinientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Cincuenta y Cinco pesos 00/100 M.N., el cual se codificó con base en el Clasificador por Rubro de Ingresos emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

A

P

Que la Modificación al Presupuesto de Egresos del Municipio de Jesús María, Aguascalientes; para el Ejercicio Fiscal 2023, guarda equilibrio presupuestario con los ingresos estimados en la Ley de Ingresos del mismo año, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 fracción IV
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 38 de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios.

R

Que en caso de que la recaudación de los ingresos municipales sea inferior a los ingresos estimados en la Ley de Ingresos, el déficit presupuestario resultante por ningún motivo afectará los programas municipales prioritarios, y que en todo caso se subsanará con otra fuente de ingresos o con la disminución del gasto corriente.

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Ahora bien, resulta importante resaltar que el Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C., evaluará tanto el Presupuesto de Egresos Municipal, la Ley de Ingresos Municipal y los formatos ciudadanos de ambos, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2023, bajo la metodología del Índice de Información Presupuestal Municipal IIPM 2023.

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El IIPM tiene como propósito mejorar la calidad de información de los presupuestos, con el fin de impulsar la lucha contra la opacidad en el manejo del dinero público. Además, a través del cumplimiento de los criterios para desglosar la información y uso de clasificaciones homologadas, es posible un uso de lenguaje que permita presentar una versión ciudadana de los presupuestos de una manera más efectiva.

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La transparencia presupuestal se debe entender como el quehacer del funcionario público para hacer saber a la ciudadanía a través de las instancias correspondientes, cuánto, cómo y en qué se va a gastar el dinero público, y se debe entender como una acción fundamental para generar confianza entre la sociedad civil, las empresas y el gobierno.

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S

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De igual forma es importante considerar lo establecido en el artículo 11 fracción I de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, respecto que, para la programación del gasto público municipal se tomarán como referencia los programas que se derivan del Plan Estatal de Desarrollo y, en su caso, de las directrices que el H. Ayuntamiento expida, para ello, es preciso señalar e identificar la siguiente correlación:

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LT

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 30/1/2023 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date30/01/2023

Page count190

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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