Periódico Oficial de Aguascalientes del 28/5/2018 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 2

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Mayo 28 de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
EXPEDIENTE: 28317
NÚMERO DE OFICIO 18-ML-0101-03198-FN
ASUNTO.- SE DICTA RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
Año del Centenario Luctuoso de Saturnino Herrán Aguascalientes, Ags; 09 de Mayo del 2018
PROPIETARIO: C. CRISERIO OROPEZA ZÚÑIGA.
GIRO: FARMACIA CON MINI SUPER CON VENTA DE MEDICAMENTOS CONTROLADOS, BIOLÓGICOS
Y HEMODERIVADOS
DENOMINACIÓN: FARMACIA DR. CRIS
DOMICILIO: AV. DE LOS MAESTROS No. 2409
COL.ESPAÑA
AGUASCALIENTES, AGS.
Vistas las constancias que integran el expediente al rubro indicado, con motivo de la acta de verificación sanitaria número 18-ML-0101-03198-FN, se procede a dictar Resolución Definitiva, y R E S U L T A N D O
1.- En fecha 16 de marzo del 2018, esta Autoridad Sanitaria emitió orden de visita con No.18-ML-010103198-FN girada al establecimiento con giro de Farmacia con Mini Súper con venta de Medicamentos Controlados, Biológicos y Hemoderivados denominado: FARMACIA DR. CRIS, ubicado en Av. de los Maestros No. 2409 Col. España Aguascalientes, Ags; propiedad del C. Criserio Oropeza Zúñiga; a efecto de dar cumplimiento a la misma con el objeto de verificación sanitaria del establecimiento y áreas que lo conforman.
Alcance: aplicar las medidas de seguridad sanitaria que correspondan. Con Fundamento en los artículos 200
bis, 400, 401, 411, 412, y 414 de la Ley General de Salud.
2.- Constituyéndose el verificador sanitario Lic. María del Refugio Caldera Alonso, en el domicilio indicado, levantando informe en el acta No. 18-ML-0101-03198-FN, el cual asentó textualmente lo siguiente: . . . al llegar al domicilio indicado en orden de verificación, me percato que la farmacia Dr. Cris no existe, ahora esta una Barbería . . . Por lo que se dio por concluida la presente.
3.- En consecuencia al no contar con elementos para efectuar el acto de notificación, se procedió a dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 382 de la Ley General de Salud, realizándose la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes a efecto de citar al C. Criserio Oropeza Zúñiga, en su carácter de propietario del establecimiento denominado: FARMACIA DR. CRIS para que manifestará lo que a su derecho convenga y ofrecer elementos probatorios que a su interés hiciera valer en relación a la Revocación de Licencia Sanitaria No. 16IS010010015 mediante Audiencia para llevarla cabo el día 30 de abril de 2018 a las 10:00 hrs en el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, en las oficinas de Jurisdicción Sanitaria I, en el que se le Apercibe que ante su inasistencia sin causa justificada se dictará resolución definitiva tomando únicamente las constancias que obran en su expediente; dicha publicación del 23 de abril de 2018, en el Periódico Oficial del Estado, que al efecto se anexo copia de la misma.
4.- En fecha 30 de abril de 2018, se lleva a cabo la Audiencia a las 10:00 hrs, ante el suscrito que firma la presente resolución y en presencia de dos testigos de asistencia, en la cual se hace constar la inasistencia injustificada del C. Criserio Oropeza Zúñiga, propietario del establecimiento denominado: FARMACIA DR.
CRIS, a fin de manifestar lo que a su derecho conviniera y ofreciera elementos probatorios en relación al procedimiento de revocación de Licencia Sanitaria No. 16IS010010015, acordándose que: Cita para dictar resolución administrativa que ponga fin al procedimiento administrativo de revocación de licencia sanitaria, en un plazo de cinco días hábiles, posteriores a la fecha de celebrada la audiencia, tomando en cuenta únicamente las constancias que obran en los autos que integran el expediente al rubro indicado, de conformidad a lo establecido con el artículo 386 de la Ley General de Salud.
C O N S I D E R A N D O
I.- Que esta Autoridad Sanitaria es competente para conocer y resolver el presente asunto de conformidad en los artículos 4 párrafo cuarto, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
artículos 1, 3, 4 fracción III, 6, 7, 12, 13 apartado B, 17 bis, 22, 132, 147, 194, 393, 395 al 401 bis, 402, 403, 404, 411, 414, 430, 431 y 437 de la Ley General de Salud; artículos 1, 2, 3, 4, 7, 218, 219, 220 fracción VI, 222, 224 y 225 del Reglamento de Insumos para la Salud; Cláusula Sexta y Octava fracción II del Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y el Estado de Aguascalientes, con la participación de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud para la Descentralización Integral

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 28/5/2018 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date28/05/2018

Page count68

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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