Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/4/2018 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 44

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

TERCERO. El presente acuerdo entrará en vigor y surtirá sus efectos legales al momento de su aprobación por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes.
CUARTO. Infórmese al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de Aguascalientes del Instituto Nacional Electoral de la aprobación de este acuerdo, enviando copia certificada del mismo y su Anexo Único denominado INFORME SOBRE LAS CONDICIONES QUE GUARDA LA BODEGA ELECTORAL
QUE HABRÁN DE UTILIZAR LOS CONSEJOS
DISTRITALES EN EL PROCESO ELECTORAL 20172018 EN AGUASCALIENTES, lo anterior a fin de que sea remitido a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales del propio Instituto Nacional Electoral, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
QUINTO. Notifíquese por estrados el presente acuerdo, en términos de lo establecido por los artículos 318, 320 fracción III y 323 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes; y 46 primer párrafo del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral. Así mismo, publíquese el presente acuerdo en la página web oficial de este Instituto, atendiendo al último de los preceptos legales invocados.
SEXTO. Para su conocimiento general solicítese a la Secretaría General de Gobierno la publicación del presente acuerdo y su Anexo Único en el Periódico Oficial del Estado, lo anterior con fundamento en lo establecido en el artículo 46 segundo párrafo del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes.
El presente acuerdo fue tomado en sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, celebrada el día veintiséis de marzo de dos mil dieciocho. CONSTE.--------------------CONSEJERO PRESIDENTE, M. en D. Luis Fernando Landeros Ortiz.
SECRETARIO EJECUTIVO, M. en D. SANDOR EZEQUIEL
HERNÁNDEZ LARA.
Así lo aprobaron, por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales que integran el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes;
lo anterior, de conformidad con la fracción I del artículo 37 del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral.

INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
INFORME SOBRE LAS CONDICIONES QUE GUARDA LA BODEGA ELECTORAL QUE HABRÁN DE
UTILIZAR LOS CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES EN EL PROCESO ELECTORAL 2017-2018
EN AGUASCALIENTES.

Abril 9 de 2018

El suscrito titular de la Dirección de Capacitación y Organización Electoral del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 169 en relación con el 166 ambos del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, así como en su Anexo 5, rindo el presente:
INFORME
1. Acondicionamiento de la Bodega Electoral.
Con el objeto de garantizar que el espacio destinado por los Consejeros Distritales como bodega electoral, cuente con las condiciones necesarias para salvaguardar la seguridad de los documentos electorales, especialmente de las boletas, previendo en su caso, que dicho espacio tenga cabida para el resguardo de los materiales electorales, se revisó y se informa que respecto a la instalación de la bodega electoral se ha dado cumplimiento a los siguientes aspectos:
a Está alejada y evita colindancias con fuentes potenciales de incendios o explosiones, como gasolineras, gaseras, gasoductos, fábricas o bodegas de veladoras, cartón, papel, colchones, productos químicos inflamables, etc.
b Está retirada de cuerpos de agua que pudieran tener una creciente por exceso de lluvias, como son los ríos, presas y lagunas.
c Está provista de un buen sistema de drenaje, dentro del inmueble y en la vía pública.
d Cuenta con un nivel de piso por arriba del nivel del piso exterior, lo que reducirá riesgos en caso de inundación.
En ese mismo contexto se certifica que el área de la bodega electoral permite el almacenamiento de toda la documentación y material electoral, con la amplitud necesaria para su manejo y almacenamiento.
En este tenor, derivado de la revisión física a la bodega electoral, se informan las condiciones con las que cuenta:
a Instalaciones eléctricas: Están totalmente dentro de las paredes y techos. Todas las cajas de conexión, de fusibles o tableros, cuentan con tapa metálica de protección permanentemente acoplada.
b Techos: Se encuentran debidamente impermeabilizados para evitar filtraciones.
c Drenaje pluvial: Esta libre de obstrucciones.
d Instalaciones Sanitarias: Se revisó el correcto funcionamiento de los sanitarios, lavabos, tinacos, cisternas, regaderas, etc., así como se realizó la limpieza del drenaje, a efecto de evitar inundaciones.
e Muros: Están pintados y libres de salinidad.
f Cerraduras: Se revisó el buen funcionamiento de las cerraduras y chapas. La bodega electoral sólo cuenta con un acceso.
g Pisos: Se revisó el estado en que se encuentra el piso, el cual no cuenta con grietas.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/4/2018 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date09/04/2018

Page count46

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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