Periódico Oficial de Aguascalientes del 29/1/2018 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 2

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Enero 29 de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
PUBLICACIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS
FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL
ACUERDO por el que se da a conocer la fórmula y metodología para la distribución del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal FISMDF, entre los Municipios del Estado de Aguascalientes para el ejercicio fiscal 2018.
CONSIDERANDO
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018, en su artículo 3 fracción XVIII, Anexo 23, prevé recursos en el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, para el Fondo de Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
Que la Ley de Coordinación Fiscal dispone en su capítulo V, que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, distribuirá el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social entre las entidades, considerando criterios de pobreza extrema conforme a una fórmula y procedimientos específicos.
Que la distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se realiza en función de la proporción que corresponde a cada municipio o demarcación territorial de la pobreza extrema en la entidad.
Que la propia Ley de Coordinación Fiscal dispone en su artículo 35 que, con objeto de apoyar a las entidades en la aplicación de sus fórmulas, la Secretaría de Desarrollo Social publicará en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar en los primeros diez días del ejercicio fiscal de que se trate, las variables y fuentes de información disponibles a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales para cada entidad.
Las entidades distribuirán entre los municipios y las demarcaciones territoriales los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, con una fórmula igual a la señalada en el artículo anterior, que enfatice el carácter redistributivo de estas aportaciones hacia aquellos municipios y demarcaciones territoriales con mayor magnitud y profundidad de pobreza extrema.
Para ello, utilizarán la información de pobreza extrema más reciente a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales, a que se refiere el artículo 34, publicada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Con objeto de apoyar a las entidades en la aplicación de sus fórmulas, la Secretaría de Desarrollo Social publicó en el Diario Oficial de la Federación, el día 10 de enero del 2018, las variables y fuentes de información disponibles a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales para cada entidad.
Que las entidades, con base en lo previsto en los párrafos anteriores y previo convenio con la Secretaría de Desarrollo Social, calcularán las distribuciones del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal correspondientes a sus municipios y demarcaciones territoriales, debiendo publicarlas en sus respectivos órganos oficiales de difusión, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable, así como la fórmula y su respectiva metodología, justificando cada elemento.
A más tardar el 25 de enero del ejercicio fiscal de que se trate, los convenios referidos en el párrafo anterior deberán remitirse a la Secretaría de Desarrollo Social, a través de sus Delegaciones Estatales o instancia equivalente en el Distrito Federal, una vez que hayan sido suscritos por éstas y por el gobierno de la entidad correspondiente, con el fin de que dicha Secretaría publique las distribuciones convenidas en su página oficial de Internet a más tardar el 31 de enero de dicho ejercicio fiscal.
En caso de que así lo requieran las entidades, la Secretaría de Desarrollo Social podrá coadyuvar en el cálculo de la distribución del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal correspondientes a sus municipios y demarcaciones territoriales.
Que las entidades deberán entregar a sus respectivos municipios y demarcaciones territoriales, los recursos que les corresponden conforme al calendario de enteros en que la Federación lo haga a las entidades, en los términos del último párrafo del artículo 32 de la Ley de Coordinación Fiscal Federal. Dicho calendario deberá comunicarse a los gobiernos municipales y de las demarcaciones territoriales por parte de los gobiernos de las entidades y publicarse por estos últimos a más tardar el día 31 de enero de cada ejercicio.
Que el Decreto número 181 relativo al Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el ejercicio fiscal del año 2018 mismo que fuera publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 22 de diciembre de 2017, establece en su artículo 99 que la distribución de los recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, se realizará en los tiempos

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 29/1/2018 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date29/01/2018

Page count52

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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