Periódico Oficial de Aguascalientes del 11/9/2017 - Sección 3ra.

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Septiembre 11 de 2017

PERIÓDICO OFICIAL

e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Aguascalientes, bajo el Registro Número 51, fojas 281 del Libro número165
de la sección 1 del Municipio de Aguascalientes en fecha 19 de octubre de 1976, es por ello que administrativamente procede declararlo incorporado como Patrimonio y Propiedad del Gobierno del Estado de Aguascalientes y clasificarlo como bien Inmueble del dominio público por estar destinado al servicio de las Dependencias y/o Entidades del Ejecutivo; con los efectos y alcances jurídicos y/o administrativos a que se refieren los artículos señalados en la presente declaratoria.
5.- El inmueble objeto de la presente declaratoria, el cual debe ser considerado patrimonio y propiedad de Gobierno del Estado de Aguascalientes se encuentra el Centro de Artes Visuales ubicado en la calle Venustiano Carranza número 111, Zona Centro de esta ciudad de Aguascalientes, con una superficie de MIL DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS, cuya titularidad se acredita con la escritura pública descrita en el considerando cuarto, en la que se consignó la compraventa a favor del Gobierno del Estado de Aguascalientes, con los siguientes:
ANTECEDENTES:
I. Por escritura pública de fecha nueve de febrero de mil novecientos cuarenta, pasada ante la fe del Licenciado Carlos Salas Calvillo, entonces Notario Público Número Cuatro de esta municipalidad bajo el número Ochocientos Veinte de su protocolo la señora María Carmen Morones Alba viuda de Aguilar, adquirió por compra que hizo al señor Licenciado Eduardo J. Correa, representado por su apoderado señor José Villalobos Franco, la finca marcada con el número once de la Avenida Carrillo Puerto, ahora ciento once de las calles de Venustiano Carranza, predio dieciséis de la manzana ochocientos trenta y uno de la Primera Demarcación de esta ciudad.
Dicha casa está compuesta de zaguán, sala, diez piezas para habitación, comedor, pasillo y baño en el primer patio, cocina, dos piezas en el segundo patio y una pieza y caballeriza en el corral; ocupa una superficie de MIL DOSCIENTOS NUEVE METROS
CUADRADOS.
Inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo el número noventa, a fojas de la ciento cuarenta y cinco frente a la ciento cuarenta y siete frente, del volumen ochenta libro número uno, en fecha trece de marzo de mil novecientos cuarenta.
INMUEBLE A DECLARAR:
La señora María Carmen Morones Alba viuda de Aguilar vende y el Gobierno del Estado, representado por el señor Profesor José Refugio Esparza Reyes, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado y Licenciado Antonio Javier Aguilera García, en su carácter de Secretario General de Gobierno, compran y adquieran para su representado, la finca marcada con el número once de la Avenida Carrillo Puerto, ahora ciento once de las calles de Venustiano Carranza de esta ciudad, ocupa una superficie de MIL
DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS, con las siguientes medidas y colindancias:

Tercera Sección
Pág. 3

AL NORTE: en treinta y dos metros, sesenta y cinco centímetros, con sucesores del señor Anselmo López;
AL SUR: en veinticinco metros cuarenta centímetros con la calle Venustiano Carranza;
AL ORIENTE: en línea que va de Norte a Sureste mide siete metros noventa centímetros cada ángulo con dirección al Sur, en diecisiete metros vuelve a quebrar nuevamente con dirección al Poniente, en un metro noventa y cinco centímetros, sigue la línea con dirección al Sur, en dos metros treinta centímetros vuelve a quebrar con dirección al Oriente, en un metro noventa y cinco centímetros, lindando en éstos puntos con propiedad de J. Gabriel Rodríguez; y AL PONIENTE: en línea que va de Norte a Suroeste, mide primero catorce metros ochenta y cinco centímetros hace ángulo con dirección al Poniente, en cuarenta centímetros, vuelve la línea con dirección al Sur, en once metros vuelve a hacer ángulo con dirección al Poniente, en dos metros ochenta centímetros y termina la línea con dirección al Sur, en veintidós metros sesenta centímetros, lindando en todos estos puntos con propiedad de María del VALOR DE TRANSACCIÓN:
Compraventa, por la cantidad de $2000,000.00
DOS MILLONES DE PESOS, 00/100 M.N.
6.- Dicho inmueble fue adquirido para albergar los bienes muebles y los servidores públicos que forman parte del Gobierno del Estado, siendo ocupado por el Instituto Cultural de Aguascalientes, para ofrecer el servicio de Centro de Artes Visuales a la población hidrocálida en cumplimiento irrestricto del Estado Constitucional de Derecho, lo que satisface el destino de dominio público para el cual se encuentra afectado dicho inmueble. Por lo que esta Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, determina que el inmueble descrito en el considerando que precede, satisface los requisitos legales para Declararlo Patrimonio del Estado por ser de su propiedad, el cual fue adquirido de acuerdo al marco normativo vigente;
y satisface las finalidades de servicio público para sujetarlo al régimen de dominio público en términos del artículo 7 fracción I, 8º fracción II y 10 fracción III
de la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes.
7.- Que el inmueble materia de la presente, es apto para el servicio público, funciones y actividades propias de las Dependencias y Entidades del Gobierno del Estado de Aguascalientes, y conforme a las facultades de las que se encuentra investida esta Dependencia, es legalmente competente para formular la DECLARATORIA DE INCORPORACIÓN
AL PATRIMONIO DE GOBIERNO DEL ESTADO, ASÍ
COMO LA SUJECIÓN DEL MISMO AL RÉGIMEN
DE DOMINIO PÚBLICO, respecto de los bienes inmuebles como el que es materia de la presente, resultan indispensables para la prestación de los servicios públicos que al Gobierno del Estado de Aguascalientes corresponden; declaratoria que en este caso se emite respecto del inmueble cuya ubicación, superficie, medidas y colindancias se es-

About this edition

Periódico Oficial de Aguascalientes del 11/9/2017 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date11/09/2017

Page count46

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930