Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/7/2017 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Julio 17 de 2017

PERIÓDICO OFICIAL

Tercera Sección
Pág. 3

oferta de servicios de salud a las personas que habitan en localidades de menor índice de desarrollo humano, alta y muy alta marginación, con dispersión poblacional y geográfica, sin acceso o dificultades para obtener atención médica, mediante equipos itinerantes de salud y unidades médicas móviles que ofrecen servicios de prevención y promoción del cuidado de la salud, basado en criterios de calidad, anticipación, integralidad, inclusión y resolutividad.
DECLARACIONES
I. De LA SECRETARÍA:
1. El Dr. José Meljem Moctezuma, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, 8 fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010; cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
2. Dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud DGPLADES, se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de LA SECRETARÍA con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad e inclusión, así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Entre los objetivos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, se encuentran el de contribuir a cerrar las brechas existentes en salud entre los diferentes grupos sociales y regiones del país, a través del mejoramiento de las condiciones de salud de la población sin acceso a servicios de salud, mediante la oferta de servicios de promoción y prevención de la salud, así como intervenciones específicas comprendidas en el primer nivel de atención a la salud y otorgadas a través de las unidades médicas móviles, equipadas con el fin de que se continúe trabajando de manera complementaria a establecimientos de salud fijos en el primer nivel de atención. Además, en función de la disponibilidad de recursos financieros y humanos, participar en la atención hospitalaria, prehospitalaria y de urgencias en situaciones que demanden poblaciones y personas que sean víctimas de desastres naturales, emergencias epidemiológicas y otras situaciones de excepción, como grandes aglomeraciones, a fin de brindarles los apoyos temporales necesarios en materia de salud pública, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2017, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 29
de diciembre de 2016.
4. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
5. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II. De LA ENTIDAD:
1. El C.P. Luis Ricardo Martínez Castañeda, en su carácter de Secretario de Finanzas con fundamento en los artículos establecidos en el artículo 14 BIS fracción VI del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados, así como los artículos 9, 15, fracción III, 16, 22, 24 fracción I, II, X, XI, XXIII y 31 fracción I, XX, XXXIV, XXXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, por lo que comparece a la suscripción del presente Convenio Específico, cargo que quedó debidamente acreditado su nombramiento en el No. oficio 004
de fecha del 1 de Diciembre del 2016, expedido por C.P. Martín Orozco Sandoval, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, y para efectos de este Convenio tendrá el carácter de receptor de los recursos.
2. El Dr. José René Manuel Anguiano Martínez, Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, quien tiene facultades para suscribir el presente convenio según lo establecen los artículos 21 fracciones X y XVIII de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del estado de Aguascalientes y articulo 20 fracciones XIX y XXVI del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, artículos 9 y 15 fracción VI, artículos 16, 22 y 34 fracción I, II, III, V, VI y VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, y acredita su cargo con el nombramiento expedido por el C.P. Martín Orozco Sandoval Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, en fecha 1 de diciembre de 2016, mediante oficio No. 006, el cal está debidamente inscrito en el Registro de Entidades Paraestatales bajo el número 54, fojas de la 352 a la 353 del Volumen XXII.
3. Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son:
Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifican en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/7/2017 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date17/07/2017

Page count40

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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