Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/9/2022 - Sección 2da.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

Septiembre 5 de 2022

PERIÓDICO OFICIAL

A

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL
AGUASCALIENTES, AGS.

Segunda Sección
Pág. 61

y hasta el 1 de agosto de 2009, más los intereses que se sigan generando hasta la total solución del adeudo a razón de la tasa de interés pactada en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria, siendo el importe de los mismos la cantidad de $771,357.18 SETECIENTOS
SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS 18/100 M.N., más los que se sigan causando a razón de la tasa de interés pactada en la cláusula novena del Contrato de Crédito Base de la Acción, desde el momento en que el demandado incurrió en mora y hasta el pago total del adeudo.

O
IV
H C
R

EDICTO TERCERA PUBLICACIÓN

JESÚS ERNESTO DE LARA LAMAS:
Por este medio se le hace de su conocimiento que dentro del expediente 1504/2017 relativo al Juicio Especial Hipotecario que promueve YESIKA
ZOBEIDA VALADEZ RANGEL en contra de JESÚS
ERNESTO DE LARA LAMAS, le demanda por el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones:
A.- Pago por la cantidad que adeuda el demandado a mi representada por concepto de Adeudo a Capital, la cantidad de $817,535.76 OCHOCIENTOS
DIESICIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO
PESOS 76/100 M.N. de conformidad con lo previsto en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria celebrado entre el acreditado hoy demandado y la constitución de la garantía hipotecaria, como se acredita con los instrumentos notariales base de la acción.

G.- Pago de las Comisiones, Intereses, Erogaciones, Primas y Demás Adeudos que se sigan causando en virtud de la falta de pago del demandado a razón de las tasas y porcentajes pactadas en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria, desde la realización del estado de cuenta, hasta el pago total del adeudo.

B.- Pago de la cantidad de $21,672.24 VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS
24/100 M.N., que adeuda la demandada a mi representada por concepto de Saldo de Intereses Ordinarios y Vencidos al día 1 de enero de 2010 más lo que siga generando hasta la total solución del adeudo.

I.- Pago de los gastos y costas que se causen con motivo de la tramitación del presente juicio.

R

A

P

H.- Ejecución y entrega de la Garantía Hipotecaria constituida y otorgada en el Contrato de Crédito Base de la Acción.

A

N

Se hace de su conocimiento la cesión de créditos, derechos crediticios, litigiosos, adjudicatarios y derechos derivados de los mismos, que realizó DESSETEC DESARROLLO DE SISTEMAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE a favor de YESIKA ZOBEIDA VALADEZ RANGEL.

U

S

Expediente número 1504/2017.

LT

Aguascalientes, Ags., a 29 de junio del año 2022.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ADOLFO GONZÁLEZ GIACINTI.
15 EN 15

00350

A

E.- Pago de la cantidad de Saldo de la Pena por Mora causados desde el 1 de noviembre de 2009

C

D.- Pago de la cantidad por concepto de Saldo de Seguros Vencidos causados y vencidos al 1 de enero de 2010, a razón de la tasa de interés pactada en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria, siendo el importe de los mismos la cantidad de $959.75 NOVECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE PESOS 75/100 M.N., derivado del Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria celebrado entre el acreditado hoy demandado y mi representada, importe que fue garantizado mediante la constitución de la garantía hipotecaria, como se acredita con los instrumentos notariales base de la acción.

Se previene a la parte demandada para que señale domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en los Estrados del Juzgado y las no personales, se harán por medio de las Listas de Acuerdos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en los artículos 105 y 115
del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

O

C.- Pago de la cantidad por concepto de Saldo Comisión por Administración Vencida causados al 1 de enero de 2010, siendo el importe de los mismos la cantidad de $1,318.00 MIL TRESCIENTOS
DIECIOCHO PESOS 00/100 M.N. derivado del Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria celebrado entre el acreditado hoy demandado y mi representada, importe que fue garantizado mediante la constitución de la garantía hipotecaria, como se acredita con los instrumentos notariales base de la acción.

Emplácese a la demandada para que conteste la demanda entablada en su contra dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto. Hágasele saber a la parte demandada que las copias de traslado del escrito inicial y de los anexos de la demanda se encuentran en la Secretaría de este Juzgado.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/9/2022 - Sección 2da.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

CountryMexico

Date05/09/2022

Page count62

Edition count866

First edition10/01/2000

Last issue28/08/2023

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