Gaceta Oficial de la República de Panamá del 29/11/2022
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Source: Gaceta Oficial de la República de Panamá
No. 29672
Gaceta Oficial Digital, martes 29 de noviembre de 2022
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DECRETDe.14 de 1 Jitu. de 2022
Que reglamenta la Ley 171 de 2020, de Protección Integral a la Primera Infancia y al Desarrollo Infantil Temprano y subroga el Decreto Ejecutivo No.10 de 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que la Ley 29 de 1 de agosto de 2005, reorganizó el Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia, bajo la denominación de Ministerio de Desarrollo Social, como el ente rector de las políticas sociales para los grupos de atención prioritaria: niñez, juventud, mujer, personas con discapacidad y personas adultas mayores, dentro del contexto de la familia y la comunidad;
Que la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada a nuestro derecho positivo mediante la Ley 15 de 1990 preceptúa, entre otras cosas, que en las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos se deberá considerar, de manera primordial, el interés superior del niño;
Que la Ley 171 de 2020 de protección integral a la primera infancia y al desarrollo infantil temprano, es una herramienta para asegurar un conjunto de intervenciones sistémicas, integrales y articuladas para la protección social, educación, salud, nutrición, protección especializada e identidad para todos los niños y niñas desde su gestación, integrando los servicios a la mujer gestante como claves para el sano desarrollo de niños y niñas;
Que la primera infancia se define como un período que va del nacimiento a los ocho años de edad, y constituye un momento único del crecimiento en que el cerebro se desarrolla notablemente y durante esta etapa, los niños reciben una mayor influencia de sus entornos y contextos;
Que el artículo 6 de la Ley 171 de 2020, adopta la Ruta de Atención Integral a la Primera Infancia y, según lo preceptuado en su artículo siguiente, constituye una herramienta de gestión intersectorial e interinstitucional, que integra y articula los programas, servicios y atenciones a niños y niñas en la primera infancia;
Que la Ruta de Atención Integral a la Primera Infancia, responde a los objetivos de la Agenda 2030 de Educación, particularmente con respecto a la meta 4.2 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4, que dispone que para el año 2030 todas las niñas y niños deben tener acceso a servicios de atención y desarrollo en la primera infancia y a una enseñanza preescolar de calidad;
Que mediante la Ley 285 de 2022, se crea el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia y se reordena las instituciones competentes para garantizar los derechos de la niñez y adolescencia y se establecen niveles de gobernanza dentro del engranaje gubernamental, para la ejecución de las políticas y acciones enfocadas en el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia dentro del territorio nacional, independientemente de su país de origen y procedencia, y a todos los nacionales que se encuentren en el extranjero;
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