La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 3/12/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 4

La Gaceta Nº 233 Viernes 3 de diciembre del 2021

sospeche dañosa. Esto es ciertamente lo que propone la moratoria pues, no se trata de prohibir el desarrollo de una operación. Lo que se intenta es postergarla hasta que haya certeza científica de que no va a causar perjuicios.
Así las cosas, se justifica de forma plena la necesidad de aplicar el Principio Precautorio, fundamento primordial de la moratoria, en relación con el ingreso y producción de organismos vivos modificados al territorio nacional.
Por lo tanto, se considera que aplicar una moratoria de cinco 5 años resulta necesario y racional, pues sería de esperar que, tras los avances de la tecnología, la legislación y la ciencia, en un período como este se tengan estudios que no dejen lugar a la duda y confirmen o rechacen el peligro que se sospecha de los organismos genéticamente modificados.
Precisamente por ello, se contempla la obligación del Estado de fomentar la investigación en este sentido.
Por otra parte, se debe destacar que, a pesar que nuestro ordenamiento jurídico nacional contempla herramientas de control fitosanitario relacionadas con los permisos de liberar al ambiente los organismos genéticamente modificados, la normativa interna no contempla todas las medidas o procedimientos para alcanzar el grado de bioseguridad requerido, en el tanto se extrañan, al menos, los mecanismos de participación ciudadana suficientes para garantizar el derecho fundamental de la población. Ii Considerando la jurisprudencia constitucional más reciente, tampoco se sostiene la afirmación de la PGR sobre la conformidad del marco normativo nacional con el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología, que a la letra indica expresamente en el artículo 23.2:
Las Partes, de conformidad con sus leyes y reglamentaciones respectivas, celebrarán consultas con el público en el proceso de adopción de decisiones en relación con organismos genéticamente modificados y darán a conocer al público los resultados de esas decisiones, respetando la información confidencial según lo dispuesto en el artículo 21.
Destaca la jurisprudencia, que llama a cumplir con esta disposición, la resolución 15017-2014 señala la inconformidad del artículo 132 del Reglamento de Protección Fitosanitaria:
Se declara parcialmente CON LUGAR la acción, en consecuencia se anula por inconstitucional el artículo 132 del Decreto Ejecutivo Nº 26921-MAG
del 20 de marzo de 1998. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara SIN LUGAR la acción.
Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. El Magistrado Rueda Leal da razones diferentes respecto de los numerales 117 y 118 del Decreto Ejecutivo No. 26921-MAG. Los magistrados Armijo Sancho y Cruz Castro declaran con lugar la acción en todos sus extremos.
Posteriormente, sobre este mismo asunto, mediante el voto 4117-2018, el mismo Tribunal Constitucional reiteró:
Se declara parcialmente con lugar el recurso solo en cuanto a la vulneración al derecho de participación ciudadana por falta de acceso a información idónea para el ejercicio de este derecho.

Se ordena a Luis Felipe Arauz Cavallini y a Francisco DallAnese Álvarez, por su orden Ministro de Agricultura y Ganadería y Director Ejecutivo del Servicio Fitosanitario del Estado, o a quienes ejerzan esos cargos, que dentro del plazo máximo de UN MES contado a partir de la notificación de esta sentencia, realicen una publicación del proyecto objeto de este recurso que cumpla con todas las formalidades normativas. En caso de que ya haya acaecido la importación y liberación del producto, por estar precluida la fase de la publicación, esta orden se limita a prevenir a la parte recurrida que en los demás casos de este tipo no deberá incurrir en los actos u omisiones que dieron mérito para acoger este amparo.
A partir de lo anterior, nace a la vida jurídica la imperiosa necesidad de ajustar el ordenamiento jurídico interno a las disposiciones supra constitucionales, sin embargo, las autoridades llamadas a hacer esas modificaciones, lo evitan de manera que no se ha corregido la inconstitucionalidad del procedimiento.
La realidad actual, en relación con los organismos genéticamente modificados, justifica la necesidad de que el Poder Legislativo, de manera expresa y con un instrumento jurídico de la jerarquía que corresponde a la ley de la República, tome las decisiones que responden a las inquietudes del soberano. Para que así sea, el Poder Ejecutivo el que lleve a cabo lo dispuesto por el Primer Poder.
Esta iniciativa de ley tuvo como antecedente el expediente legislativo N21376, en cuyo trámite legislativo se recibieron los siguientes criterios:
Criterio favor del proyecto de ley.
MUNICIPALIDAD DE
NARANJO
SM-CONCEJO-782-2019
SM-CONCEJO-782-2019
MUNICIPALIDAD DE
MONTES DE ORO

No es pertinente pronunciarse.

MUNICIPALIDAD DE
CORREDORES
SG-734-2019

A favor de la aprobación del proyecto de ley.

MUNICIPALIDAD DE
HOJANCHA
SCMH-520-2019

No apoya la iniciativa.

MUNICIPALIDAD DE
CARTAGO
ATA-OF-622-2019

En contra.

MUNICIPALIDAD DE
JIMÉNEZ
SC-1538-2019

Exterioriza su apoyo.

MUNICIPALIDAD DE
HEREDIA
DAJ-0577-2019

El proyecto establece la necesidad de velar por el bien común.

MUNICIPALIDAD DE
ATENAS
MAT-CM-0853-2019

No tiene objeción.

About this edition

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 3/12/2021

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date03/12/2021

Page count144

Edition count5376

First edition01/01/2003

Last issue05/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031