La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 29/11/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 228 Viernes 29 de noviembre del 2019

CONTENIDO
Pág N

PODER LEGISLATIVO
Leyes 2
PODER EJECUTIVO
Decretos 2
Acuerdos 8
Resoluciones 11
DOCUMENTOS VARIOS 15
PODER JUDICIAL
Acuerdos 34
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 35
Avisos 35
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 36
REMATES 38
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 38
RÉGIMEN MUNICIPAL 41
AVISOS 42
NOTIFICACIONES 48
FE DE ERRATAS 55

PODER LEGISLATIVO
LEYES
N 9722
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ADICIÓN DEL ARTÍCULO 77 BIS A LA LEY N. 7794, CÓDIGO MUNICIPAL, DE 30 DE ABRIL DE 1998
ARTÍCULO ÚNICOSe adiciona el artículo 77 bis a la Ley N.
0 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998. El texto es el siguiente:
Artículo 77 bisSe constituye a las municipalidades del país como administraciones tributarias y, en consecuencia, tendrán facultades para ejercer fiscalización y control en la recaudación de los diversos tributos a ellas asignados, y podrán intervenir en cualquier momento previa notificación al sujeto pasivo, dentro de los plazos establecidos en la Ley N. 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 03 de mayo de 1975, para asegurar el estricto cumplimiento de las normas legales que les otorgan recursos económicos.
Las municipalidades, en su condición de Administración Tributaria, tendrán las facultades establecidas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. En cuanto a ilícitos tributarios dispondrán también de las facultades establecidas en el título III de dicho Código, en lo que se refiere a infracciones y
sanciones administrativas. Cuando una municipalidad, en la fase de fiscalización de los tributos que administra, tenga noticia de que se ha cometido un presunto delito, procederá a denunciarlo al Ministerio Público.
La información confidencial recabada por la municipalidad no puede ser utilizada para fines distintos de los tributarios, salvo norma legal que así lo autorice y siempre dentro de las facultades otorgadas a las municipalidades.
El carácter privado de la información capturada para fines tributarios prevalece y debe resguardarse según lo dispone la ley.
Los servidores de la municipalidad únicamente están autorizados a acceder a la información propia de la gestión administrativa que estén tramitando.
En todo momento, la municipalidad velará por el cumplimiento del derecho al debido proceso y el derecho de defensa de los sujetos pasivos en los procedimientos ante la municipalidad Para cumplir lo previsto en esta norma, se contará con la colaboración obligada de la Dirección General de Tributación, la Dirección General de Aduanas y de los demás entes públicos.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVAAprobado a los treinta días del mes de julio del año dos mil diecinueve.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Carlos Ricardo Benavides Jiménez Presidente Laura Guido Pérez Carlos Luis Avendaño Calvo Primera secretaria Segundo secretario Dado en la Presidencia de la República, San José, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
Ejecútese y publíquese.
CARLOSALVARADOQUESADA.El Ministro deGobernación y Policía, Michael Soto Rojas y La Ministra de Hacienda, María del Rocío Aguilar Montoya.1 vez.O. C. Nº 4600029806.Solicitud Nº MSP-008-2019. L9722 - IN2019409309 .

PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 41854-MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3, 20 y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1, artículo 27 inciso 1 artículo 28 inciso 2, acápite B y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6725 de 10 de marzo de 1982, reformada por Ley N 7974 del 04 de enero del 2000, Reglamento a la Ley N 6725 -Decreto Ejecutivo N 39427del 07 de setiembre del 2015 y el Acuerdo N 1192, Artículo II, Acta N 39 de la sesión ordinaria N 39 celebrada el día 10 de junio del 2019, por la Municipalidad de Pococí, Limón. Por tanto, Decretan:
Artículo 1ºConceder asueto a los empleados públicos del cantón de Pococí, provincia de Limón, el día 19 de setiembre del 2019, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívicas de dicho Cantón.

Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Carlos Andrés Torres Salas
Viceministro de Gobernación y Policía
Imprenta Nacional Costa Rica Rosaura Monge Jiménez Kathia Ortega Borloz Editorial Costa Rica Ministerio de Cultura y Juventud

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 29/11/2019

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date29/11/2019

Page count56

Edition count5358

First edition01/01/2003

Last issue10/05/2024

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