La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 26/11/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 225 Martes 26 de noviembre del 2019
velocidades a las que pueden desplazarse los vehículos y las tarifas previstas y el sistema de pago más apropiado. La capacidad que tengan las bases de datos y el informe que pueda permitir una mejor gestión en el sistema de seguridad, eficiencia y costos, garantizará el máximo de ingresos.
El mejoramiento en la automatización durante la transmisión de los datos al sistema de gestión de la integración tarifaria, permite que dichos sistemas sean aún más fiables, con bajos costos transaccionales, además de presentar trazabilidad, siendo el paso más importante en la consecución de los títulos o el sistema de recaudo.
El objetivo primordial de los indicadores en los sistemas de transporte es la cobertura de las necesidades esenciales, es lograr en términos de los pasajeros que aquellos definidos como estratégicos en nuestro caso horarios de mayor congestionamiento u hora pico, se tengan los mejores niveles de servicio.5
A nivel nacional la implementación de un sistema de cobro electrónico puede brindar además de los beneficios previamente expuestos tales como una mayor eficiencia, mejor servicio, controles y demás; vendría a colaborar a bajar los altos índices de asaltos en el transporte público, sobre todo en el sector de autobuses. Según datos estadísticos de la Policía Judicial si se toma en cuenta que se cometieron 168 asaltos que se presentaron entre el 10 de enero del 2015 y el 13 de agosto del 2017.6 De manera que como medida preventiva la implementación del cobro electrónico ayudaría a combatir el hampa, tomando en cuenta que los conductores no andarían dinero en efectivo en las unidades.
Solo dentro del Gran Área Metropolitana GAM circulan 7.946.935
de pasajeros anualmente, quienes se verían beneficiados con este sistema y un total 576 rutas.7 8
Gráfico Nº 1

Fuente: OIJ. Tomado de: Jiménez, Eillyn. 30 septiembre 2017. Ocho de cada diez asaltos en autobuses ocurren de noche. La Nación. Disponible en: https www.
nacion.com/sucesos/crimenes/ocho-de-cada-diez-asaltos-en-autobuses-ocurren-denoche/AMQZZ2372FHMVMM4XGUNDHK2VY/story/
5 Herrera Losada, Hants Jerson. 2013. Estado del Arte para el Sistema de Pago electrónico para el sistema integrado de transporte Trabajo de grado presentado para obtener el título de: Máster en logística, Transporte y Movilidad.
Programa de Ingeniería Industrial. Maestría en Logística Transporte y Movilidad.
Universidad Politécnica de Cataluña. Disponible en: https upcommons.upc.edu/
bitstream/handle/2099.1/24540/TFMHerrera.pdf 6
Jiménez, Eillyn. 30 septiembre 2017. Ocho de cada diez asaltos en autobuses ocurren de noche. La Nación. Disponible en: https www.nacion.com/
sucesos/crimenes/ocho-de-cada-diez-asaltos-en-autobuses-ocurren-de-noche/
AMQZZ2372FHMVMM4XGUNDHK2VY/story/

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Por otro lado, el servicio de tren en Costa Rica podría verse beneficiado logrando una mayor captación de ingresos por pasajes, dado que según un estudio publicado por ARESEP detectó una diferencia entre el número de pasajeros que reporta el Incofer y la demanda cuantificada, el cual es del 26,8%. Esto significa que esa Institución está dejando de percibir ingresos por los usuarios que no pagan el pasaje.9
Ante esta situación, la ARESEP y el Incofer buscan medidas de mitigación, ante esta situación es surge como una solución al problema el implementar el pago electrónico. Este sistema de pago electrónico necesita de una plataforma para lograr funcionar, en este aspecto el Banco Central de Costa Rica ya cuenta con una plataforma para este sistema: El Sistema Nacional de Pagos Electrónicos SINPE es una plataforma tecnológica desarrollada y administrada por el Banco Central de Costa Rica, la cual permite transferencias de Fondos a Terceros, Créditos Directos, Débitos Directos y otros que permiten mayores opciones para movilizar los fondos de una entidad financiera hacia otra.10
En virtud de lo anterior, dentro de la competencia del Banco Central está un Reglamento para el Sistema de Pago Electrónico el cual busca garantizar condiciones de diseño y funcionamiento que ofrezcan a los ciudadanos una propuesta de valor segura y eficiente, necesaria para facilitarles la cancelación de los pasajes en un ambiente óptimo de servicio. Dicho Reglamento ya existe desde el 2018, pero carece de una puerta jurídica para que el servicio pueda entrar en vigor. Con base a lo antes mencionado y lo estipulado en el artículo 2 incisos c y d y el artículo 3 incisos e y k de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley Nº 7558 el Banco Central de Costa Rica es el órgano competente para la Sistematización de Pagos.11
La Ley N 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal en su artículo 4 establece la obligatoriedad para que todas las personas físicas con actividad lucrativa que presten servicios al público acepten como medio de pago alternativo las tarjetas de crédito o débito, así como cualquier otro mecanismo electrónico o no.12
Además de lo indicado anteriormente, el capítulo IX de la Ley N 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en su artículo 45 adiciona un artículo 85 bis a la Ley N 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 3 de mayo de 1971
referente a la infracción administrativa que se sancionará con una multa equivalente a un salario base por la no aceptación de medios alternativos de pago, entre estos las tarjetas de crédito o débito u otros mecanismos de pago, electrónico o no, garantizados por una institución financiera.13
La utilización de un sistema de pago electrónico en autobuses y trenes tiene amplias ventajas como la eliminación del efectivo la cual como efecto secundario desestimularía los asaltos a buses y a la vez agilizaría el servicio de pago a los usuarios de buses y trenes.
Por lo que esta iniciativa se asume como una política de Estado en términos de modernización, seguridad, eficiencia, práctico, control, transparencia, entre otros.
9 Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. 28 agosto 2019.
ARESEP realizó estudio sobre el servicio de tren. ARESEP. Disponible en: https
aresep.go.cr/usuarios/noticias/2086-aresep-realizo-estudio-sobre-el-servicio-de-tren 10
Banco Central de Costa Rica.2019. Sistema de Pagos.
BCCR. Disponible en: https www.bccr.fi.cr/seccion-sistema-de-pagos/
informaci%C3%B3n-general 11
11 Asamblea Legislativa. 03 noviembre 1995. Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica N. 7558. SCIJ. Disponible en: http www.pgrweb.go.cr/scij/
Busqueda/Normativa/Normas/nrm_norma.aspx?param1=NRM&nValor1=1&nValor 2=40928&nValor3=0&strTipM=FN

7
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. 28 agosto 2019.
Estadísticas Autobús. ARESEP. Disponible en: https aresep.go.cr/autobus/
estadisticas
12
Asamblea Legislativa. 14 diciembre 2016. Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal N. 9416. SCIJ. Disponible en: http www.pgrweb.go.cr/
scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nVal or1=1&nValor2=83186&nValor3=106701&strTipM=TC

8
Fernando, Juan. 10 abril 2017. Aresep obliga a autobuseros a revelar datos sobre cantidad de pasajeros. La Nación. Disponible en: https www.nacion.
com/el-pais/servicios/aresep-obliga-a-autobuseros-a-revelar-datos-sobre-cantidadde-pasajeros/JEIOB6OLZRBSBAM6TJV2DBBG4Q/story/

13
Asamblea Legislativa. 03 diciembre 2018. Fortalecimiento de las Finanzas Públicas N. 9635 SCIJ. Disponible en: http www.pgrweb.go.cr/scij/
Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=
1&nValor2=87720&nValor3=0&strTipM=TC

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 26/11/2019

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date26/11/2019

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First edition01/01/2003

Last issue10/05/2024

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