La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 23/9/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 179 Lunes 23 de setiembre del 2019
Decretan:
AMPLIACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTARIO MÁXIMO
2019 PARA EL CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
Artículo 1ºAmplíese para el Consejo Nacional de Concesiones CNC, el gasto presupuestario máximo para el año 2019, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 40981-H, publicado en La Gaceta Nº 55 de 23 de marzo del 2018 y sus reformas, en la suma de 2.615.377.474,00 dos mil seiscientos quince millones trescientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y cuatro colones exactos, para ese período.
Artículo 2ºEs responsabilidad de la administración activa del CNC, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.
Artículo 3ºRige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
CARLOS ALVARADO QUESADA.La Ministra de Hacienda, Rocío Aguilar M.1 vez.O. C. Nº 1000038.Solicitud Nº AAF002-2019. D41920 - IN2019382941 .
N 41949-MP-MD
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y EL MINISTRO DEL DEPORTE
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3, 18 y 20 y 146 de la Constitución Política; 25, 28, párrafo 2, inciso b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 de 2 de mayo de 1978;
Considerando:
1ºQue el deporte entendido como actividad motriz, representa una actividad fundamental e importante, no sólo para el desarrollo físico, sino también para el desarrollo intelectual y socioafectivo del ser humano.
2ºQue una de las prioridades de la actual Administración es impulsar iniciativas y crear espacios que promuevan la promoción de la salud y el mejoramiento de la calidad de vida, a través del deporte, la recreación, y de la actividad física.
3ºQue otra de las prioridades de la actual Administración es incentivar la práctica del deporte en la juventud costarricense, especialmente en aquellos jóvenes que pertenecen a zonas urbanomarginales, con el fin de que desarrollen un estado de bienestar físico, mental y emocional lo que les permitirá acceder a mejores oportunidades dentro de la sociedad costarricense.
4ºQue anualmente se desarrolla en San Carlos una de las competencias de Ciclismo más importantes de nuestro país, la cual es organizada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San Carlos, avalada y desarrollada en coordinación con la Federación Costarricense de Ciclismo.
5ºQue el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San Carlos, con cédula jurídica N 3-007-066865, es un ente público adscrito al gobierno local de San Carlos, que ostenta la representación cantonal del deporte y la recreación, con base en lo estipulado en Ley N 7800, Ley de creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, y del régimen jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación.
6ºQue la actividad Vuelta Ciclista a San Carlos 2019
a realizarse los días 19, 20, 21 y 22 de setiembre de 2019, reúne ciclistas de todo el país, donde se recorren alrededor de 650
kilómetros a lo largo y ancho de la zona norte. Al igual que en años anteriores, se espera la participación de al menos 11 equipos nacionales, todos de reconocida trayectoria, siendo esto no menos de 100 ciclistas inscritos, más entrenadores, mecánicos, asistentes, cuerpo de juzgamiento, cronometristas, personal de señalización, staff, los cuales suman alrededor de 200 personas, generando un impacto económico en la zona, gracias a los gastos de hospedaje, transporte y alimentación de todas las personas relacionadas al evento, lo que implica inyectar capital a la economía local, además de dar a conocer las bellezas naturales.

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7ºQue el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, en sesión ordinaria número 1093-2019, celebrada el 22 de agosto del 2019, por medio del acuerdo número 9, recomienda al Ministro del Deporte, que por medio del Ministerio de la Presidencia, proceda a la Declaratoria de Interés Público de la XVI Edición de la Vuelta Ciclista a San Carlos 2019, a realizarse los días 19, 20, 21 y 22 de setiembre del 2019.
8ºQue la Vuelta Ciclista a San Carlos versión varones, la organiza el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San Carlos desde el año 2003, en el mes de setiembre. Este evento es el segundo en importancia para ciclistas élites, después de la Vuelta a Costa Rica, organizada por la Federación Costarricense de Ciclismo, máximo ente del ciclismo nacional.
9ºQue la actividad XVI Edición de la Vuelta Ciclista a San Carlos no es un espectáculo público donde se incentive el consumo de bebidas alcohólicas, el tabaco o las drogas, por el contrario, se promueve la familia, la vida sana y deportiva a cualquier edad. Por tanto, Decretan:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO DE LA XVI
EDICIÓN DE LA VUELTA CICLISTA SAN CARLOS
Artículo 1Se declara de interés público el evento XVI
Edición de la Vuelta Ciclista San Carlos organizada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San Carlos con cédula jurídica 3-007-066865, con el aval de la Federación Costarricense de Ciclismo, a realizarse en San Carlos, provincia de Alajuela, los días 19, 20, 21 y 22 de setiembre del 2019.
Artículo 2Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de la actividad indicada.
Artículo 3La presente Declaratoria de Interés Público no conlleva ningún tipo de beneficio fiscal.
Artículo 4Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil diecinueve.
CARLOS ALVARADO QUESADA.El Ministro de la Presidencia, Víctor Morales Mora y el Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas.1 vez.O.C. N 18780.Solicitud N 032019. D41949 - IN2019382968 .
Nº 41805H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3 y 18 y 146
de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1, 27 inciso 1
y 28 inciso 2 acápite b de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas;
su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley No. 7758, Creación del Museo de Arte y Diseños Contemporáneos de 19 de marzo de 1998; la Ley No. 9371, Ley de Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos de 28 de junio de 2016 y su reforma;
el Decreto Ejecutivo No. 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo No. 40981-H de 14 de marzo de 2018 y su reforma; el Acuerdo No. 12232, tomado por la Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Ordinaria No. 11-2018, celebrada el 27 de noviembre de 2018; el Acuerdo No. 12262, tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria No. 08-2018, celebrada el día 18 de diciembre del 2018; y el Acuerdo No. 0589, tomado por la Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Ordinaria No.
03-2019, celebrada el 25 de marzo de 2019.
Considerando:
1ºQue la Ley Nº 7758, publicada en La Gaceta Nº 81 de 28
de abril de 1998, crea el Museo de Arte y Diseños Contemporáneos MADC, como un órgano de desconcentración máxima con personalidad jurídica instrumental del Ministerio de Cultura y Juventud,

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 23/9/2019

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date23/09/2019

Page count68

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First edition01/01/2003

Last issue07/05/2024

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