Diario Oficial de la Unión Europea del 18/8/2021 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

18.8.2021

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 295/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO UE 2021/1372 DE LA COMISIÓN
de 17 de agosto de 2021
por el que se modifica el anexo IV del Reglamento CE n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la prohibición de alimentar a animales de granja no rumiantes, distintos de los animales de peletería, con proteínas derivadas de animales Texto pertinente a efectos del EEE

LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento CE n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles 1, y en particular su artículo 23, párrafo primero, Considerando lo siguiente:
1

El Reglamento CE n.o 999/2001 establece disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de las encefalopatías espongiformes transmisibles EET en los animales. Se aplica a la producción y comercialización de animales vivos y productos de origen animal y, en determinados casos específicos, a su exportación.

2

El artículo 7, apartado 1, del Reglamento CE n.o 999/2001 prohíbe alimentar a los rumiantes con proteínas procedentes de animales. El artículo 7, apartado 2, de dicho Reglamento amplía la prohibición a los animales distintos de los rumiantes, tal como se establece en el capítulo I del anexo IV, mientras que los capítulos II a V
establecen y detallan determinadas excepciones a las prohibiciones establecidas en el capítulo I en condiciones específicas.

3

La Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo que contiene un documento sobre la estrategia contra las encefalopatías espongiformes transmisibles para el período 2010-2015 Segunda hoja de ruta contra las EET 2 expone posibles modificaciones de la legislación de la Unión para adaptar las medidas de prevención, control y erradicación de las EET a la evolución de la situación epidemiológica de la encefalopatía espongiforme bovina EEB. También hace hincapié en que cualquier revisión de las normas relativas a las EET debe basarse principalmente en el asesoramiento científico. La Segunda hoja de ruta contra las EET aborda la revisión de las disposiciones actuales sobre la prohibición relativa a los piensos destinados a animales no rumiantes que se establecen en la legislación de la Unión.

4

Sobre la base del contenido de dos dictámenes científicos emitidos por la Comisión Técnica Científica de Factores de Peligro Biológicos BIOHAZ de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria Autoridad el 24 de enero de 2007 y el 17 de noviembre de 2007 respectivamente, la Segunda hoja de ruta contra las EET reconoce que no se han registrado casos de EET en animales de granja no rumiantes en condiciones naturales.

1 DO L 147 de 31.5.2001, p. 1.
2 COM2010 384 final de 16.7.2010.

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Diario Oficial de la Unión Europea del 18/8/2021 - Sección Legislación

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

CountryBelgium

Date18/08/2021

Page count21

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First edition03/01/1986

Last issue29/09/2023

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