Diario Oficial de la Unión Europea del 27/7/2021 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

27.7.2021

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 267/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2021/1217 DE LA COMISIÓN
de 26 de julio de 2021
por el que se establecen las normas y condiciones para las consultas de verificación de los transportistas, las disposiciones para la protección y seguridad de datos para el sistema de autenticación de los transportistas, así como los procedimientos sustitutivos en caso de imposibilidad técnica
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de septiembre de 2018, por el que se establece un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes SEIAV y por el que se modifican los Reglamentos UE n.o 1077/2011, UE n.o 515/2014, UE 2016/399, UE 2016/1624 y UE 2017/2226 1, y en particular su artículo 45, apartados 2 y 3, y artículo 46, apartado 4, Considerando lo siguiente:
1

El Reglamento UE 2018/1240 establece el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes SEIAV, aplicable a los nacionales de terceros países exentos de la obligación de visado que buscan entrar en el territorio de los Estados miembros.

2

El propósito del presente Reglamento es establecer las normas y condiciones para las consultas de verificación de los transportistas, así como las disposiciones para la protección y seguridad de los datos para el sistema de autenticación de los transportistas y los procedimientos sustitutivos en caso de imposibilidad técnica. Las obligaciones que establece el presente Reglamento son aplicables a las compañías aéreas, los transportistas marítimos y los transportistas internacionales de transporte terrestre de grupos en autocar que entren en el territorio de los Estados miembros.

3

De conformidad con el artículo 45, apartado 1, del Reglamento UE 2018/1240, las compañías aéreas, los transportistas marítimos y los transportistas internacionales de transporte terrestre de grupos en autocar deben enviar una consulta al SEIAV para comprobar si los viajeros sujetos al requisito de autorización de viaje están en posesión de una autorización de viaje válida. Dicha consulta debe realizarse mediante un acceso seguro a una pasarela para los transportistas.

4

Los transportistas deben acceder a la interfaz de transportistas mediante un sistema de autenticación. El presente Reglamento de Ejecución debe establecer normas de seguridad y protección de datos aplicables al sistema de autenticación de conformidad con el artículo 45, apartado 3, del Reglamento UE 2018/1240 a fin de permitir a los transportistas el acceso exclusivo a la pasarela para los transportistas.

5

Para cumplir con su obligación, debe proporcionarse acceso a la pasarela para los transportistas a aquellos transportistas que operan en el territorio de los Estados miembros y trasladan pasajeros a dicho territorio.

1 DO L 236 de 19.9.2018, p. 1.

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Diario Oficial de la Unión Europea del 27/7/2021 - Sección Legislación

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

CountryBelgium

Date27/07/2021

Page count23

Edition count9749

First edition03/01/1986

Last issue29/09/2023

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