Diario Oficial de la Unión Europea del 12/4/2021 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

L 124/2

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
12.4.2021

4

La base para asignar la contribución de la Unión a los Estados miembros establecida en la propuesta de la Comisión COM2018 392 final fue la asignación de fondos de la Unión para los programas apícolas de 2017-2019, que a su vez se realizó sobre la base del número de colmenas notificado en 2013 por los Estados miembros en sus respectivos programas apícolas de 2014-2016, ajustado por las solicitudes de asignación presentadas por ellos en el período de programación de 2017-2019.

5

El aumento de la contribución de la Unión a los programas apícolas será efectivo a partir de 2021, pero es probable que los planes estratégicos de la PAC de los Estados miembros en virtud del futuro marco legislativo de la PAC no se apliquen hasta 2023.

6

En aras de la coherencia con la propuesta de la Comisión COM2018 392 final, y a fin de garantizar asimismo la coherencia entre las asignaciones para los programas apícolas para los años 2021 y 2022 y a partir de 2023, las asignaciones para los programas apícolas para los años 2021 y 2022 deben calcularse sobre la base del número de colmenas notificado en 2013 por los Estados miembros en sus respectivos programas apícolas de 2014-2016, ajustado por las solicitudes de asignación presentadas por ellos en el período de programación de 2017-2019.

7

Procede, por tanto, modificar el Reglamento Delegado UE 2015/1366 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1
En el artículo 4 del Reglamento Delegado UE 2015/1366 de la Comisión, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
No obstante lo dispuesto en el párrafo primero, la contribución de la Unión a los programas apícolas en los años 2021
y 2022 se asignará a los Estados miembros con programas apícolas sobre la base del número de colmenas notificado en 2013 por dichos Estados miembros en sus respectivos programas apícolas de 2014-2016, ajustado por las solicitudes de asignación presentadas por ellos en el período de programación de 2017-2019. La contribución mínima de la Unión será de 25 000 EUR por programa apícola..
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2021.

Por la Comisión La Presidenta Ursula VON DER LEYEN

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Diario Oficial de la Unión Europea del 12/4/2021 - Sección Legislación

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

CountryBelgium

Date12/04/2021

Page count122

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First edition03/01/1986

Last issue29/09/2023

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