Diario Oficial de la Unión Europea del 28/1/2021 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

ES

L 29/2

Diario Oficial de la Unión Europea
28.1.2021

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A raíz de una solicitud de Unilever N.V., presentada con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento CE n.o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre la declaración de propiedades saludables en relación con el té negro y el mantenimiento de una vasodilatación dependiente del endotelio normal pregunta n.o EFSA-Q-2017-00419. La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: Mejora la vasodilatación dependiente del endotelio, lo que contribuye a una circulación sanguínea saludable.

8

El 16 de enero de 2018, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen 3 científico de la Autoridad, en el que se llegaba a la conclusión de que, a partir de los datos presentados, no quedaba establecida una relación de causa a efecto entre el consumo de té negro y el mantenimiento de una vasodilatación dependiente del endotelio normal. En consecuencia, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento CE n.o 1924/2006 y no debe autorizarse.

9

A raíz de una solicitud de Newtricious R&D B.V., presentada con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento CE n.o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables en relación con el consumo de NWT-02, una combinación fija de luteína, zeaxantina y ácido docosahexaenoico en la yema de huevo, y la reducción de la pérdida de visión pregunta n.o EFSA-Q-2017-00539.
La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: El consumo de NWT-02 reduce la pérdida de visión.

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El 18 de enero de 2018, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen 4 científico de la Autoridad, en el que se llegaba a la conclusión de que, a partir de los datos presentados, no quedaba establecida una relación de causa-efecto entre el consumo de NWT-02, una combinación fija de luteína, zeaxantina y DHA, y la reducción de la pérdida de visión. En consecuencia, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento CE n.o 1924/2006 y no debe autorizarse.

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A raíz de una solicitud de TA-XAN AG, presentada con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento CE n.o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre la declaración de propiedades saludables en relación con el xantohumol en XERME, extracto de malta tostada enriquecida con xantohumol, y la protección del ADN frente a los daños provocados por la oxidación pregunta n.o EFSA-Q-2017-00663. La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: Contribuye a mantener la integridad del ADN y protege frente a los daños provocados por la oxidación en las células del organismo.

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El 13 de marzo de 2018, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen 5 científico de la Autoridad, en el que se llegaba a la conclusión de que, a partir de los datos presentados, no quedaba establecida una relación de causa a efecto entre el consumo de xantohumol en XERME, extracto de malta tostada enriquecida con xantohumol, y la protección del ADN frente a los daños provocados por la oxidación. En consecuencia, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento CE n.o 1924/2006 y no debe autorizarse.

13

A raíz de una solicitud de Essential Sterolin Products Pty Ltd, presentada con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento CE n.o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables en relación con una combinación de beta-sitosterol y glucósido de beta-sitosterol y el buen funcionamiento del sistema inmunitario pregunta n.o EFSA-Q-2018-00701. La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: Contribuye al buen funcionamiento del sistema inmunitario al restablecer el equilibrio entre la inmunidad mediada por T H 1 y por T H 2.

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El 24 de julio de 2019, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen 6 científico de la Autoridad, en el que se llegaba a la conclusión de que, a partir de los datos presentados, no quedaba establecida una relación de causa a efecto entre el consumo de una combinación de beta-sitosterol y glucósido de beta-sitosterol en una proporción de 100:1 y un efecto fisiológico beneficioso. En consecuencia, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento CE n.o 1924/2006 y no debe autorizarse.

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Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

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6

EFSA Journal 2018;161:5138.
EFSA Journal 2018;161:5139.
EFSA Journal 2018;163:5192.
EFSA Journal 2019;177:5776.

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Diario Oficial de la Unión Europea del 28/1/2021 - Sección Legislación

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

CountryBelgium

Date28/01/2021

Page count38

Edition count9772

First edition03/01/1986

Last issue07/06/2024

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