Diario Oficial de la Unión Europea del 28/9/2020 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

28.9.2020

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 313/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2020/1337 DE LA COMISIÓN
de 21 de septiembre de 2020
por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas Casatella Trevigiana DOP

LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios 1, y en particular su artículo 52, apartado 2, Considerando lo siguiente:
1

De conformidad con el artículo 53, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento UE n.o 1151/2012, la Comisión ha examinado la solicitud de Italia con vistas a la aprobación de una modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida Casatella Trevigiana, registrada en virtud del Reglamento CE n.o 487/2008 de la Comisión 2, modificado por el Reglamento de Ejecución UE n.o 862/2013 de la Comisión 3.

2

Al tratarse de una modificación que no se considera de menor importancia, de conformidad con el artículo 53, apartado 2, del Reglamento UE n.o 1151/2012, la Comisión publicó la solicitud de modificación en el Diario Oficial de la Unión Europea 4, en aplicación del artículo 50, apartado 2, letra a, del citado Reglamento.

3

Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento UE n.o 1151/2012, procede aprobar la modificación del pliego de condiciones.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1
Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones relativa a la denominación Casatella Trevigiana DOP
publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
1 DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.
2 Reglamento CE n.o 487/2008 de la Comisión, de 2 de junio de 2008, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas Casatella Trevigiana DOP DO L 143 de 3.6.2008, p. 12.
3 Reglamento de Ejecución UE n.o 862/2013 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2013, por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas Casatella Trevigiana DOP DO L 240 de 7.9.2013, p. 15.
4 DO C 171 de 19.5.2020, p. 29.

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Diario Oficial de la Unión Europea del 28/9/2020 - Sección Legislación

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

CountryBelgium

Date28/09/2020

Page count19

Edition count9749

First edition03/01/1986

Last issue29/09/2023

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