Diario Oficial de la Unión Europea del 28/4/2021 - Comunicaciones e Informaciones

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

C 150/2

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
28.4.2021

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS
Resumen del dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre el mandato de negociación para celebrar diez acuerdos que permitan el intercambio de datos entre Eurojust y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de dichos terceros Estados El texto completo del presente dictamen puede encontrarse en inglés, francés y alemán en el sitio web del SEPD www.edps.
europa.eu 2021/C 150/02

El 19 de noviembre de 2020 la Comisión adoptó una Recomendación en la que propone al Consejo que autorice la apertura de negociaciones entre la Unión Europea y Argelia, Armenia, Bosnia y Herzegovina, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Marruecos, Túnez y Turquía, respectivamente, a fin de celebrar acuerdos internacionales relativos al intercambio de datos personales entre Eurojust y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de dichos terceros Estados. Estos acuerdos internacionales sentarían las bases jurídicas necesarias para el intercambio de datos personales entre Eurojust y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de dichos terceros Estados. El anexo de estas Recomendaciones establece las directrices del Consejo para negociar cada uno de los diez acuerdos internacionales previstos y recoge los mandatos conferidos a la Comisión.
Los acuerdos internacionales para que Eurojust y los países terceros puedan colaborar e intercambiar datos personales deberán ser necesarios y proporcionados de acuerdo con el artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Deberán alcanzar un equilibrio justo entre la necesidad de prevenir y luchar contra la delincuencia, por un lado, y la firme protección de los datos personales y otros derechos fundamentales protegidos por la Carta, por el otro.
El SEPD celebra que la Comisión haya incorporado una serie de recomendaciones formuladas en sus dictámenes 2/2018
y 1/2020, respectivamente, en el mandato de negociación propuesto.
Por lo tanto, las recomendaciones del SEPD en el presente dictamen tienen por objeto aclarar y, en su caso, seguir desarrollando las garantías y los controles en los futuros acuerdos con respecto a la protección de datos personales.
Por último, el SEPD está preparado para ofrecer asesoramiento adicional durante las negociaciones y antes de que se formalicen estos diez acuerdos internacionales.

1. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES

1.1 Antecedentes 1.

El Reglamento Eurojust 1 establece normas específicas en relación con las transferencias de datos realizadas por Eurojust fuera de la UE. En su artículo 56, apartado 2, se enumeran una serie de fundamentos jurídicos en virtud de los cuales Eurojust podría realizar transferencias lícitas de datos a las autoridades de terceros países. Una posibilidad sería una decisión de adecuación de la Comisión, de conformidad con el artículo 36 de la Directiva UE 2016/680, por la que se determine que el tercer país al que Eurojust transfiera datos garantice un nivel de protección adecuado.
Dado que, por el momento, no existe tal decisión de adecuación, la otra alternativa para que Eurojust transfiera periódicamente datos a un tercer país sería el empleo de un marco adecuado resultante de la celebración de un acuerdo internacional vinculante entre la UE y el tercer país receptor que, en virtud del artículo 218 del TFUE, ofrezca garantías adecuadas con respecto a la protección de la intimidad y otros derechos y libertades fundamentales de las personas.

2.

El 19 de noviembre de 2020 la Comisión adoptó una Recomendación de Decisión del Consejo por la que se autoriza la apertura de negociaciones con vistas a la celebración de acuerdos entre la Unión Europea y Argelia, Armenia, Bosnia y Herzegovina, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Marruecos, Túnez y Turquía sobre la cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal Eurojust y las autoridades competentes en el ámbito de la

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Diario Oficial de la Unión Europea del 28/4/2021 - Comunicaciones e Informaciones

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

CountryBelgium

Date28/04/2021

Page count14

Edition count9939

First edition03/01/1986

Last issue29/09/2023

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