Diario Oficial de la Federación del 13/04/2023

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Jueves 13 de abril de 2023

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y la Fiscalía General del Estado de Nayarit, para generar la colaboración, intercambio de información y asesoría técnica en materia de búsqueda forense de personas desaparecidas con fines de identificación humana, que permita impulsar la investigación de los hechos que causaron la desaparición, independientemente de su tipificación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Búsqueda.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ GOBERNACIÓN, A
TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ
LA CNBP, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA DRA. KARLA IRASEMA QUINTANA OSUNA; Y
POR LA OTRA PARTE, LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE NAYARIT, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE
DENOMINARÁ LA FISCALÍA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. PETRONILO DÍAZ PONCE MEDRANO, FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE NAYARIT; A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ
COMO LAS PARTES, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES
El Plan Nacional de Desarrollo 20192024, publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF, el 12 de julio del 2019, dispone dentro del Eje General I. POLÍTICA Y GOBIERNO, que la Prevención del Delito es uno de los ejes estratégicos de la Seguridad Pública, así como que se han impulsado acciones en lo inmediato para consolidar una amplia política de prevención y participación ciudadana.
Con fecha 17 de noviembre de 2017 se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, Ley General, y se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud.
El Programa Sectorial de Gobernación 2020-2024, publicado el 25 de junio de 2020 en el DOF, dispone en su Objetivo Prioritario 6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Garantizar, promover y proteger los derechos humanos de las personas mediante políticas públicas y mecanismos que aseguren el ejercicio pleno de sus derechos, que el Gobierno tiene como prioridad generar las condiciones necesarias para dimensionar el problema y tener la mayor cantidad de información posible, a través de la creación de un andamiaje institucional, normativo y procedimental que permita contar con un Sistema Nacional de Búsqueda de Personas robusto, con capacidad para atender las diferentes formas de búsqueda de personas desaparecidas y por ende, que permita tener información sobre las poblaciones afectadas para poder realizar las acciones de búsqueda con un enfoque diferencial.
El 13 de mayo de 2022 se publicó en el DOF, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, a través del cual se busca fortalecer las funciones de la CNBP, mediante la creación de un Centro Nacional de Identificación Humana, para hacer frente a la crisis forense mediante procesos especializados en la búsqueda de personas desaparecidas.
El artículo 50 de la Ley General, establece que la CNBP es un órgano administrativo desconcentrado de GOBERNACIÓN que determina, ejecuta y da seguimiento a las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y No localizadas en todo el territorio nacional, además de la búsqueda en vida, la búsqueda forense con fines de identificación de cuerpos y restos humanos desde la perspectiva individualizada o generalizada a través de un enfoque masivo o a gran escala o, en su caso, de identificación humana complementaria, opera el Centro Nacional de Identificación Humana CNIH, interconectado para compartir la información con el resto de las herramientas precisadas en el artículo 48 de la Ley General y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Por lo anterior y de conformidad con la reforma en mención, la CNBP deberá diseñar, ejecutar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda forense con fines de identificación humana con enfoque masivo o a gran escala o, en su caso, híbrido, en coadyuvancia con las Comisiones Locales de Búsqueda, la Fiscalía General de la República, las Fiscalías Especializadas, las Procuradurías Locales y las instituciones que presenten servicios forenses y otras instancias creadas con el fin de contribuir a la identificación humana dentro del Sistema Nacional.
La CNBP, de conformidad con el artículo 53 de la Ley General, tiene entre sus atribuciones el recuperar, recolectar, resguardar, trasladar, transportar y analizar con fines de identificación humana los cuerpos, restos humanos y muestras óseas con fines de procesamiento genético y, de manera excepcional, su resguardo temporal con fines de procesamiento genético, provenientes de las acciones de búsqueda de personas

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Diario Oficial de la Federación del 13/04/2023

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date13/04/2023

Page count422

Edition count3412

First edition01/01/2011

Last issue26/04/2024

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