Diario Oficial de la Federación del 09/12/2022

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 9 de diciembre de 2022

DIARIO OFICIAL

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Que de conformidad con lo establecido por el artículo 70 de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos de servicio, disfrutarán de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborables cada uno, en las fechas oficiales que se señalen;
Que el numeral Tercero del Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores para el año 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2021, establece que en la atención de solicitudes de acceso a la información por parte de la Unidad de Transparencia se estará conforme al calendario de suspensión de labores que en su oportunidad determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
asimismo, su numeral Cuarto señala que el segundo periodo vacacional se dará a conocer mediante Acuerdo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación, una vez que la Secretaría de Educación Pública determine el calendario escolar para el ciclo lectivo 2022-2023;
Que el 16 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 COVID-19, el cual ha tenido diversas modificaciones, siendo la última la publicada en el referido medio de difusión oficial, el 07 de octubre de 2022, por lo que a fin de brindar certeza, resulta necesario dar a conocer al público usuario las modalidades y excepciones que tendrán durante el segundo periodo vacacional 2022, los trámites y servicios que proporciona esta Secretaría y que al día de hoy, se brindan en los términos indicados en el citado Acuerdo, salvo que se publique alguna disposición que en su caso modifique o abrogue los referidos Acuerdos con motivo de la emergencia sanitaria y, Que a fin de brindar certeza y seguridad jurídica al público en general respecto de los días que no correrán plazos durante el segundo periodo vacacional de 2022, en los procedimientos que se tramitan ante esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- De conformidad con las disposiciones legales respectivas, se suspenderán las labores en la Secretaría de Relaciones Exteriores del 19 de diciembre de 2022 al 30 de diciembre de 2022, considerándose como inhábiles los días mencionados para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en esta Dependencia, según lo dispuesto en el Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16
de abril de 2020 y en sus diversas modificaciones, siendo la última la publicada en el referido medio de difusión oficial el 07 de octubre de 2022, por lo que durante dicho periodo no correrán términos, salvo que se publique alguna disposición que en su caso modifique o abrogue los referidos Acuerdos con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 COVID-19, considerando lo que se señale en los artículos siguientes.
SEGUNDO.- Los titulares de las distintas unidades administrativas de la Secretaría deberán designar al personal que se quedará de guardia para atender los asuntos que pudieran presentarse durante el periodo citado.
TERCERO.- La atención a las solicitudes de acceso a la información por parte de la Unidad de Transparencia se ajustará al calendario de suspensión de labores que determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Por lo que derivado a lo anteriormente expuesto, se informa que como último día para tramitar las solicitudes de acceso a la información en esa Unidad de Transparencia será el 23 de diciembre del presente año, por lo que, del 26 al 30 de diciembre de 2022 y del 2 al 6 de enero de 2023, se deberán considerar cómo días inhábiles.
CUARTO.- La Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica, recibirá promociones ordinarias hasta el 16 de diciembre de 2022, reanudando la recepción de las mismas el 02 de enero de 2023.
Para la atención de asuntos urgentes dicha Unidad Administrativa establecerá guardias de personal, que permitan atender cualquier eventualidad durante las fechas señaladas.
QUINTO.- La Dirección General de Servicios Consulares no recibirá promociones de trámites o servicios durante el periodo vacacional que comprende del 19 al 30 de diciembre de 2022, reanudándose las actividades el 02 de enero de 2023, a las 9:00 horas.

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Diario Oficial de la Federación del 09/12/2022

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date09/12/2022

Page count260

Edition count3413

First edition01/01/2011

Last issue29/04/2024

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