Diario Oficial de la Federación del 23/11/2021

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Martes 23 de noviembre de 2021

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DISPOSICIONES Específicas que establecen los mecanismos presupuestarios para ejecutar programas y proyectos para atender los daños ocasionados por fenómenos naturales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
VICTOR MANUEL MOJICA VILCHIS, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en el Quinto transitorio del Acuerdo por el que se abroga el diverso por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de diciembre de 2010 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2021, y CONSIDERANDO
Que el artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación deberán incluirse las previsiones para llevar a cabo acciones preventivas o ejecutar programas y proyectos para atender los daños ocasionados por fenómenos naturales. El ejercicio de estos recursos se sujetará a las disposiciones que se establezcan en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como a las disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los cuales podrán destinarse a cubrir los gastos que se hayan devengado conforme a los fines antes referidos. Las Dependencias y Entidades podrán celebrar compromisos plurianuales con cargo a los recursos y para los fines antes referidos, con sujeción a las disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Que el Décimo Noveno transitorio, segundo párrafo, del DECRETO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Hidrocarburos; de la Ley de la Industria Eléctrica; de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Ley General de Protección Civil; de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de la Ley de Ciencia y Tecnología; de la Ley Aduanera; de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley Federal de Cinematografía; de la Ley Federal de Derechos; de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley General de Víctimas y se abroga la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2020, señala que con los recursos a que se refiere el artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se podrán cubrir las obligaciones que se tengan pendientes y que no se paguen con cargo al patrimonio del Fideicomiso 2003 Fondo de Desastres Naturales;
Que el 27 de julio de 2021 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se abroga el diverso por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de diciembre de 2010, mismo que además de abrogar las referidas Reglas Generales, deroga todas las disposiciones administrativas que se opongan al mismo, los Lineamientos de operación específicos del Fondo de Desastres Naturales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2011 y sus modificaciones respectivas, así como las disposiciones o lineamientos que emanaron de esas Reglas Generales, salvo lo señalado en los transitorios Tercero y Sexto del referido Acuerdo;
Que el Quinto transitorio del Acuerdo referido en el considerando anterior señala que la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá y, en su caso, modificará las disposiciones específicas que establezcan los mecanismos presupuestarios que permitan ejercer los recursos para ejecutar programas y proyectos para atender los daños ocasionados por fenómenos naturales perturbadores, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones jurídicas aplicables, y

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Diario Oficial de la Federación del 23/11/2021

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date23/11/2021

Page count356

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First edition01/01/2011

Last issue28/05/2024

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