Diario Oficial de la Federación del 07/10/2021

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Source: Diario Oficial de la Federación

Jueves 7 de octubre de 2021

DIARIO OFICIAL

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Del mismo modo, EL INAFED se apegará a lo señalado en el punto 6.6. Relevancia del Objetivo prioritario 6: Fortalecer el federalismo, la descentralización y el desarrollo municipal del Programa Sectorial de Gobernación 2020-2024, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2020.
El Plan Estatal de Desarrollo Puebla PED 2019-2024, aprobado en la Segunda Sesión Ordinaria de la Asamblea Plenaria del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla, el 21 de noviembre de 2019, establece en su apartado 6 Regionalización como base de la planeación, el desarrollo estratégico regional a través de los ejes de gobierno y de los enfoques transversales los cuales contienen objetivos, estrategias y líneas de acción orientados a alcanzar el equilibrio regional. Esta visión estratégica tiene el propósito de impulsar el crecimiento de las regiones y fortalecer a los municipios del Estado. Para ello, la planeación del desarrollo y las acciones de gobierno se realizarán en el marco territorial de los 217 municipios, agrupados en regiones.
Entre las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, le otorga a la Secretaría de Gobernación establecidas en los artículos 30, fracción III, 31, fracción I y 32, fracción I y X, se encuentran las de conducir, de acuerdo con los ordenamientos legales aplicables, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás poderes del Estado con los Poderes de la Unión, con otros Estados y con los Ayuntamientos de los Municipios del Estado, así como convenir e instrumentar con los Municipios el Desarrollo Municipal.
Con la finalidad de fortalecer las capacidades institucionales, LAS PARTES manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. EL INAFED declara que:
I.1.

GOBERNACIÓN es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o.
fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del RISEGOB.

I.2.

Es un órgano administrativo desconcentrado de GOBERNACIÓN, cuyo objeto es formular, promover y vincular las políticas y acciones de la Administración Pública Federal en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, Apartado C, fracción I, 114, 117 y 118 del RISEGOB.

I.3.

Su coordinador, Rafael José Cortés Gómez, se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114, 115, fracción V, 118, fracción XIV y 120 del RISEGOB.

I.4.

Para efectos de este Convenio Marco de Coordinación, señala como su domicilio el ubicado en la Calle Abraham González, Número 48, Edificio L Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.

II. EL GOBIERNO DEL ESTADO declara que:
II.1. El Estado de Puebla, es una Entidad Libre y Soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1 y 2, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
II.2. Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, acredita su personalidad conforme a la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la Gubernatura del Estado de Puebla, expedida por el Consejero Presidente del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral del Estado de Puebla, de fecha trece de junio de dos mil diecinueve, en el que se acredita que fungirá como Gobernador del Estado para el periodo comprendido del primero de agosto de dos mil diecinueve al trece de diciembre de dos mil veinticuatro, y está facultado legalmente para celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación, con fundamento en lo establecido en los artículos 70, 79 fracciones II, XVI y XXXVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 2, 5, 9 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.

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Diario Oficial de la Federación del 07/10/2021

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date07/10/2021

Page count226

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First edition01/01/2011

Last issue06/05/2024

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