Diario Oficial de la Federación del 23/07/2021

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 23 de julio de 2021

DIARIO OFICIAL

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I.4

La Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas es una Unidad Administrativa dependiente de GOBERNACIÓN, su titular, Rocío Juana González Higuera, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 2, Apartado B, fracción VII, 10, fracción V y 55 fracción XXXIV del RISEGOB.

I.5

La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad en lo sucesivo DGRNPI, es una Unidad Administrativa dependiente de GOBERNACIÓN, su titular, Jorge Leonel Wheatley Fernández, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad a lo establecido por los artículos 2, Apartado B, fracción XXIX, 10, fracción V y 58, fracciones I y IV del RISEGOB.

I.6

Cuenta con los recursos suficientes en la partida 43801 para hacer la asignación prevista en este instrumento, de conformidad con la suficiencia presupuestal número 314884.

I.7

Para efectos legales del presente instrumento jurídico, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Bucareli, número 99, piso 1, Edificio Cobián, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.

II. De EL GOBIERNO DEL ESTADO:
II.1

Que el Estado de Oaxaca es una Entidad Libre y Soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

II.2

José Octavio Tinajero Zenil, Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, cuenta con las facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, en términos de lo dispuesto en los artículos 82, y 98 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I y 49, fracciones XVI, XXXVIII y XLII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

II.3

Vicente Mendoza Téllez Girón, Secretario de Finanzas, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico en términos de lo dispuesto por los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3 fracción I, 27, fracción XII y 45, fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2 y 7, fracción IX del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado.

II.4

José Ángel Díaz Navarro, Secretario de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico en términos de lo dispuesto por los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 27, fracción XIV y 47, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, 8, fracción X del Reglamento Interno de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental.

II.5

Juan Gabriel Rodríguez Matus, Encargado de Despacho de la Dirección del Registro Civil, de conformidad con el nombramiento emitido el 06 de marzo de 2021, por Alejandro Ismael Murat Hinojosa, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, según lo establecido en los artículos 66, 79 fracciones V y XXVIII, 80 fracción II, 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 3 fracción II, 5 párrafo segundo, 6 y 29 párrafo tercero de la Ley Orgánica del Estado de Oaxaca y 14 del Reglamento del Registro Civil del Estado de Oaxaca, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82,83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 35 del Código Civil para el Estado de Oaxaca, 29 párrafo tercero de la Ley Orgánica del Estado de Oaxaca y 14 del Reglamento del Registro Civil del Estado de Oaxaca y para efectos del presente instrumento jurídico, la Dirección del Registro Civil, es la Unidad Coordinadora Estatal UCE.

II.6

Para efectos legales del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en calle García Vigil número 602, Violetas y Vicente Guerrero, Colonia Centro, Código Postal 68000, Oaxaca de Juárez, Oaxaca.

III. De LAS PARTES:
III.1 Se comprometen, en el ámbito de sus atribuciones en materia registral, de identidad y de población, a cumplir con las obligaciones establecidas en los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E012 Registro e Identificación de Población y en las Directrices del Fortalecimiento del Registro Civil que sean emitidas por el Consejo Nacional de Funcionarios de Registro Civil en lo sucesivo CONAFREC, a efecto de que contribuyan al objetivo de presente instrumento jurídico y a optimizar la calidad en los servicios que brinda el Registro Civil.

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Diario Oficial de la Federación del 23/07/2021

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date23/07/2021

Page count206

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First edition01/01/2011

Last issue03/05/2024

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