Diario Oficial de la Federación del 16/07/2021

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 16 de julio de 2021

DIARIO OFICIAL

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órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
En virtud de lo anterior, GOBERNACIÓN, a través de la CONAVIM, destinará recursos previstos en el PEF 2021, para que se otorguen y apliquen en las entidades federativas y en la Ciudad de México en las que se ha decretado la Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres, para atender las acciones descritas, conforme a los siguientes:
De conformidad con el Anexo 1. Solicitud de subsidio Formato 1 de fecha 28 de enero de 2021, suscrito por María de Rocío Villafuerte Martínez en su carácter de Encargada de Despacho de la Dirección General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, la Entidad Federativa Veracruz de Ignacio de la Llave solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto:
AVGM/VER/M3/IVM/69.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en estados y municipios, para el Ejercicio Fiscal 2021, en lo sucesivo LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos, en lo sucesivo COMITÉ determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $3,500,000.00 Tres millones quinientos mil pesos 00/100 M.N. para la ejecución del proyecto AVGM/VER/M3/IVM/69. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio No. CNPEVM/CAAEVF/0141/2021 de fecha 01 de marzo de 2021.
La Entidad Federativa se compromete a llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, los Acuerdos que emita el Comité a través de la CONAVIM.
Así, LAS PARTES manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. GOBERNACIÓN declara que:
I.1.

Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., fracción I, 26 y 27
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo RISEGOB.

I.2.

El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.

I.3.

La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.

I.4.

La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.

I.5.

Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de Constancia de Suficiencia Presupuestaria 314938.

I.6.

Señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Dr. José María Vértiz Número 852 piso 5, Colonia Narvarte, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.

II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador Constitucional del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 42 y 49 fracciones XVII y XXIII de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y 8 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

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Diario Oficial de la Federación del 16/07/2021

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date16/07/2021

Page count262

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