Diario Oficial de la Federación del 05/10/2020

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Lunes 5 de octubre de 2020

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto AVG/CHIS/M2/SGG, que permita dar cumplimiento a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres del Estado de Chiapas.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ GOBERNACIÓN; A
TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU
TITULAR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR BALBINA HERNÁNDEZ ALARCÓN, DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE UNIDAD DE GÉNERO, FIRMA EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DE LA
PERSONA TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, RUTILIO CRUZ ESCANDÓN
CADENAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, ISMAEL BRITO MAZARIEGOS Y COMO
INSTANCIA RECEPTORA Y RESPONSABLE DEL PROYECTO, EL SECRETARIO DE HACIENDA, JAVIER JIMÉNEZ
JIMÉNEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES
DENOMINARÁ EL GOBIERNO DEL ESTADO, Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO LAS PARTES, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II
Modalidades de la Violencia, Capítulo V de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, alerta de violencia de género contra las mujeres, es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por GOBERNACIÓN en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los municipios reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de Chiapas.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2019, señala en el Anexo 13, Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria LFPRH, los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i identificar con precisión la población objetivo; ii incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria RLFPRH, los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno.
No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio formato 1 Solicitud de Subsidio de fecha 27 de febrero de 2020, suscrito por Ismael Brito Mazariegos, Secretario General de Gobierno en su carácter de Titular de la Secretaría General de Gobierno, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVG/CHIS/M2/SGG.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2020 en lo sucesivo Lineamientos, el Comité de Evaluación de Proyectos en lo sucesivo Comité determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $3,030,000.00 Tres millones treinta mil pesos 00/100 M.N.
para la ejecución del proyecto AVG/CHIS/M2/SGG. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CNPEVM/231-9/2020 de fecha 24 de marzo de 2020.

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Diario Oficial de la Federación del 05/10/2020

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date05/10/2020

Page count384

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Last issue22/05/2024

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