Diario Oficial de la Federación del 07/09/2020

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Lunes 7 de septiembre de 2020

II.2.

El Ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en el Gobernador del Estado de Puebla, Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 70 y 79, fracciones I, II, XVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 2, 3, 9 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.

II.3.

Asiste a la suscripción del presente convenio el Titular de la Secretaría de Gobernación, David Méndez Márquez, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de los artículos 82, primer párrafo, y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 9, 30, fracción III, 31, fracción I, y 32, fracciones I y XXXIII, y Décimo Transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; y 1, 3, 5, fracción I, 14, 16, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaria General de Gobierno vigente, de conformidad con el Séptimo Transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.

II.4.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 82, párrafo primero, y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 9, 13, párrafo primero, 19, 30, fracción III, 31, fracción II y 33, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 2, 3, fracción XII, 11, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, María Teresa Castro Corro, en su carácter de Secretaria de Planeación y Finanzas, con acuerdo del Titular del Gobierno del Estado, se encuentra facultada para suscribir el presente Convenio.

II.5.

La Fiscalía General del Estado de Puebla es un órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, al cual incumbe la persecución de los delitos del orden común cometidos en el territorio del Estado de Puebla; conforme a lo dispuesto por los artículos 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 4, 7, fracciones I y IV, 8 y 20, fracción I de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla; cuya representación legal corresponde a Gilberto Higuera Bernal, Fiscal General del Estado de Puebla, en términos de los artículos 13, 18, 19 y 30 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, y su última reforma publicada en Periódico Oficial del Estado de Puebla, el 17 de marzo de 2020, número 11, Quinta Sección Tomo DXXXIX.

II.6.

La Fiscalía General del Estado de Puebla, cuenta con el terreno en el que se construirá el Centro de Justicia para las Mujeres con sede en el Municipio de Huauchinango, en el Estado de Puebla, a través del proyecto denominado Centro de Justicia para las Mujeres con sede en el Municipio de Huauchinango, en el Estado de Puebla en adelante "El Proyecto", materia del presente Convenio, que se describe en el Anexo Técnico, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales, como se acredita con el oficio número FGE/OM/DOL/1821/2020, firmado por Cristóbal Arrieta Desentis, Oficial Mayor de la Fiscalía General del Estado de Puebla.

II.7.

La Fiscalía General del Estado de Puebla, por donación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Huachinango, Estado de Puebla, para única y exclusivamente, para la Construcción del Centro de Justicia para Mujeres; es propietaria del terreno que se segregó del predio denominado EL POTRERO, ubicado en Venta Grande, Municipio de Huauchinango, Estado de Puebla, el cual tiene una superficie de 2,711.28 m2, y cuenta con los permisos y requerimientos técnicos necesarios para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres descrito en el objeto del Convenio y el Anexo Técnico.
Acredita la propiedad del bien inmueble objeto del antes referido proyecto, con la Escritura Pública número 1,344, pasada ante la fe del Notario Público número 4, del Municipio de Huauchinango, Estado de Puebla, Carlos Efrén Ferrao Rojas, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Huauchinango, Estado de Puebla bajo la partida número 331, folio 84, libro 01, tomo 82, de fecha día 30 de enero de 2020, misma que adjunta para pronta referencia.

II.8.

Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio el ubicado en: Calle 11 Oriente número Exterior 2224, Colonia Azcarate, Localidad Puebla, Municipio Puebla, Entidad Federativa Puebla, Código Postal 72501.

III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1.

Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.

III.2.

Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres.

III.3.

Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Puebla, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.

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Diario Oficial de la Federación del 07/09/2020

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date07/09/2020

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Last issue23/05/2024

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