Diario Oficial de la Federación del 06/12/2019

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 6 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

3

Con la finalidad de fortalecer a la APF, en el registro e identificación de las personas, LAS PARTES
manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio de Coordinación, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.

LA SEGOB por conducto de su representante, declara que:

I.1.

Es una dependencia de la APF Centralizada de conformidad con el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 85 de la Ley General de Población y, 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB, que tiene entre sus atribuciones el registro y acreditación de la identidad de las personas residentes en el país, y de los nacionales que residan en el extranjero.

I.2.

Con fundamento en el artículo 2, Apartado A, fracción II del RISEGOB, LA SEGOB se auxiliará de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración.

I.3.

En términos del artículo 58 fracciones I y III del RISEGOB, LA DGRNPI tiene entre sus atribuciones organizar, integrar y administrar el Registro Nacional de Población, asignando la CURP
e implementando procesos de depuración.

I.4.

Jorge Leonel Wheatley Fernández, Director General, cuenta con facultades para la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 10, fracción V y 58 del RISEGOB.

I.5.

Señala como domicilio para los efectos del presente convenio el ubicado en avenida Melchor Ocampo número 171, Edificio Anexo, Piso 5, Colonia Tlaxpana, Miguel Hidalgo, Código Postal 11370, Ciudad de México.

II.

LA CGAF por conducto de su representante legal, declara que:

II.1.

La Secretaría de Educación del Estado de Chiapas es una Dependencia de la Administración Pública Estatal de Chiapas, de conformidad con los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, y 11, 28, fracción XIV, y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

II.2.

Para la realización de los estudios, conducción, planeación, ejecución y desempeño de las atribuciones, así como para el despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría de Educación del Estado de Chiapas tiene, entre otros, al Órgano Administrativo denominado Coordinación General de Administración Federalizada, tal y como lo establece el artículo 7o., fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado de Chiapas en adelante RISECHIAPAS

II.3.

Con fundamento en el artículo 41 del RISECHIAPAS, el titular de LA CGAF tiene, entre otras, las siguientes atribuciones: establecer con la aprobación de la Secretaria, políticas, normas, sistemas y procedimientos para la óptima administración de los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos de los Órganos Administrativos adscritos a la Subsecretaría de Educación Federalizada y vigilar su aplicación; emitir la autorización del trámite, registro y control de los movimientos de personal de la Subsecretaría de Educación Federalizada, previo acuerdo de la Secretaria; y, aprobar, de acuerdo con las necesidades de capacitación, los programas para el desarrollo del personal de apoyo y asistencia a la educación de la Subsecretaría de Educación Federalizada.

II.4.

Hernán López Vázquez, Coordinador General de Administración Federalizada, acredita la personalidad con que se ostenta mediante nombramiento de fecha 16 de enero de 2019, suscrito por Rosa Aidé Domínguez Ochoa, Secretaria de Educación, y se encuentra facultado para celebrar el presente instrumento de conformidad con lo establecido en el artículo 41, fracciones XV y XVII, del RISECHIAPAS.

II.5.

Su clave de Registro Federal de Contribuyentes es GEC8501013X9.

II.6.

Para efectos del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en Calzada Mayor Julio Sabines S/N, Colonia 24 de junio, Código Postal 29047, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

III.

LAS PARTES, por conducto de sus representantes, declaran que:

III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica que ostentan, siendo su voluntad coordinarse de la forma más amplia y respetuosa para el cumplimiento y desarrollo del objeto y las actividades que se deriven del presente convenio, manifestando que a su firma no existen vicios del consentimiento para la celebración del presente Convenio de Coordinación, conforme a lo establecido en los artículos 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación.

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Diario Oficial de la Federación del 06/12/2019

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date06/12/2019

Page count292

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