Diario Oficial de la Federación del 03/12/2019

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Martes 3 de diciembre de 2019

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chihuahua.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS A TRAVÉS DE SUS COMISIONES LOCALES DE BÚSQUEDA PARA REALIZAR ACCIONES DE
BÚSQUEDA DE PERSONAS, EN EL MARCO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA
DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE
PERSONAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR KARLA
IRASEMA QUINTANA OSUNA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; Y POR LA OTRA
PARTE, EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR JAVIER CORRAL
JURADO, EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LUIS FERNANDO MESTA SOULÉ; EL SECRETARIO DE
HACIENDA, ARTURO FUENTES VELEZ, EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, CÉSAR AUGUSTO
PENICHE ESPEJEL Y LA TITULAR DE LA COMISIÓN LOCAL DE BÚSQUEDA LAURA IRENE MORENO ESPINOZA, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA COMISIÓN", EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO; QUIENES
ACTUANDO CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES; DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES
I.

El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo sucesivo CONSTITUCIÓN, dispone que los recursos económicos de que dispongan la Federación y las entidades federativas, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

II.

El artículo 5 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas en lo sucesivo LEY GENERAL refiere que las acciones, medidas y procedimientos establecidos en dicha Ley son diseñados, implementados y evaluados aplicando los principios de: efectividad y exhaustividad;
debida diligencia; enfoque diferencial y especializado; enfoque humanitario; gratuidad; igualdad y no discriminación; interés superior de la niñez; máxima protección; no revictimización; participación conjunta, perspectiva de género, presunción de vida y verdad.

III.

Que los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo, LEY DE PRESUPUESTO, establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, y contempla que la entrega de subsidios deberá sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad.

IV.

Que los artículos 3 y 7 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019
prevén que el ejercicio de los recursos federales aprobados para ser transferidos a las entidades federativas y por conducto de estas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como el de los recursos federales que se ejerzan de manera concurrente con recursos de dichos órdenes de gobierno, se sujetarán a las disposiciones legales aplicables y al principio de anualidad.

V.

La Distribución del Gasto por Unidad Responsable y al Nivel de Desagregación de Capítulo y Concepto de Gasto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019
en los sucesivo PEF 2019 establece que se incluye $207,576,512 Doscientos siete millones quinientos setenta y seis mil quinientos doce pesos 00/100 M.N. para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación a las entidades federativas por medio de las Comisiones Locales de Búsqueda que hayan creado para realizar acciones de búsqueda de personas, subsidios que se otorgarán en un esquema de coparticipación de recursos de manera equitativa entre la Federación y las Comisiones Locales de Búsqueda, correspondiente a un diez por ciento de participación por parte de las Comisiones Locales respecto del monto total asignado por la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas en lo sucesivo EL SUBSIDIO.

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Diario Oficial de la Federación del 03/12/2019

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date03/12/2019

Page count512

Edition count3416

First edition01/01/2011

Last issue03/05/2024

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