Diario Oficial de la Federación del 18/10/2019

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Viernes 18 de octubre de 2019

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECRETO por el que se declara Día Nacional por la Igualdad y No Discriminación, el 19 de octubre de cada año.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 1o., quinto párrafo de la propia Constitución; 27, fracción VII Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2, 4 y 15 Bis de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y CONSIDERANDO
Que el 19 de octubre de 1810, Miguel Hidalgo y Costilla decretó la abolición de la esclavitud y el cese de los tributos que pagaban las castas en la Nueva España;
Que la citada fecha es ahora simbólica y conmemorativa, toda vez que pretende impulsar, en todos los ámbitos, la eliminación de actitudes que afectan el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales, en igualdad de condiciones debido a prejuicios, estereotipos y estigmas;
Que el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce la igualdad entre todas las personas, ya que prohíbe toda forma de discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su Eje 1. Política y Gobierno, en el apartado de Libertad e Igualdad, establece que el quehacer gubernamental de la presente Administración es impulsar la igualdad como principio rector: la igualdad efectiva de derechos entre mujeres y hombres, entre indígenas y mestizos, entre jóvenes y adultos, y se comprometerá en la erradicación de las prácticas discriminatorias que han perpetuado la opresión de sectores poblacionales enteros;
Que asimismo, el referido Plan Nacional de Desarrollo en su Principio Rector No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie afuera, señala que se propugnará la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la dignidad de los adultos mayores y el derecho de los jóvenes a tener un lugar en el mundo, además de que se rechazará toda forma de discriminación por características físicas, posición social, escolaridad, religión, idioma, cultura, lugar de origen, preferencia política e ideológica, identidad de género, orientación y preferencia sexual;
Que el principio de igualdad vuelve incompatible toda situación que, por considerar superior a un determinado grupo, conduzca a tratarlo con privilegio; o que, a la inversa, por considerarlo inferior, lo trate con hostilidad o de cualquier forma lo discrimine del goce de derechos que sí se reconocen a quienes no se consideran incursos en tal situación;

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Diario Oficial de la Federación del 18/10/2019

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date18/10/2019

Page count298

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