Diario Oficial de la Federación del 20/05/2019

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Source: Diario Oficial de la Federación

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Primera Sección
DIARIO OFICIAL

Lunes 20 de mayo de 2019

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
DECLARATORIA de Desastre Natural por la presencia de sequía severa ocurrida del uno de mayo de dos mil dieciocho al treinta de abril de dos mil diecinueve, en siete municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
DAVID EDUARDO LEÓN ROMERO, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2 fracciones XVI y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74
de la Ley General de Protección Civil; 102 y 103 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 6, fracción II, inciso g, 7, 8, 9 y 10
del Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales Reglas Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4
primer párrafo y demás relativos aplicables de los Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales Lineamientos de Operación, publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno de México el día 31 de enero de 2011, y CONSIDERANDO
Que mediante oficio número 265/2019, de fecha ocho de mayo de dos mil diecinueve, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Cuitláhuac García Jiménez, solicitó a la Comisión Nacional del Agua CONAGUA la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en esa Entidad Federativa, descrito como sequía severa del uno de enero de dos mil dieciocho al uno de mayo de dos mil diecinueve, en los municipios de Acayucan, Agua Dulce, Álvarado, Ángel R. Cabada, Benito Juárez, Castillo de Teayo, Catemaco, Cazones de Herrera, Chinameca, Coahuitlán, Coatzacoalcos, Coatzintla, Cosoleacaque, Coyutla, El Higo, Espinal, Filomeno Mata, Hidalgotitlán, Huayacocotla, Hueyapan de Ocampo, Ixhuatlán de Madero, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan, Jesús Carranza, Las Choapas, Lerdo de Tejada, Mecatlán, Mecayapan, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Ozuluama de Mascareñas, Pajapan, Papantla, Poza Rica de Hidalgo, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, San Juan Evangelista, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Tecolutla, Texistepec, Tihuatlán, Tlachichilco, Tlacotalpan, Túxpan, Uxpanapa, Zaragoza y Zontecomatlán de López y Fuentes de esa Entidad Federativa.
Que con oficio B00.8.-549, de fecha trece de mayo de dos mil diecinueve, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al oficio número 265/2019 señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de sequía severa del uno de mayo de dos mil dieciocho al treinta de abril de dos mil diecinueve para los municipios de Espinal, Hidalgotitlán, Ixhuatlán del Sureste, Las Choapas, Papantla, Tecolutla, y Tihuatlán del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Que con fecha catorce de mayo de dos mil diecinueve, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA PRESENCIA DE SEQUÍA SEVERA
OCURRIDA DEL UNO DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AL TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL
DIECINUEVE, EN SIETE MUNICIPIOS DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre a los municipios de Espinal, Hidalgotitlán, Ixhuatlán del Sureste, Las Choapas, Papantla, Tecolutla, y Tihuatlán del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por la presencia de sequía severa ocurrida del uno de mayo de dos mil dieciocho al treinta de abril de dos mil diecinueve.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y su Reglamento, y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de las Reglas Generales.
Ciudad de México, a catorce de mayo de dos mil diecinueve.- El Coordinador Nacional de Protección Civil, David Eduardo León Romero.- Rúbrica.

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Diario Oficial de la Federación del 20/05/2019

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date20/05/2019

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