Diario Oficial de la Federación del 19/12/2018

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Source: Diario Oficial de la Federación

Miércoles 19 de diciembre de 2018

DIARIO OFICIAL

Primera Sección
3

De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Michoacán de Ocampo.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el DOF
el 29 de noviembre de 2017, señala en el Anexo 13, Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria LFPRH, los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i identificar con precisión la población objetivo;
ii incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria RLFPRH, los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno.
No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio SEIMUJER/DT/212/2018 de fecha 3 de mayo de 2018, suscrito por la Mtra.
Sayda Yadira Blanco Morfín, en su carácter de Encargada de Despacho de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el Estudio de casos de violencia feminicida a partir de la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres en el estado de Michoacán de Ocampo.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2018
Lineamientos, el Comité de Evaluación de Proyectos Comité determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $ 2,920,000.00 Dos millones novecientos veinte mil pesos 00/100 M.N. para la ejecución el Estudio de casos de violencia feminicida a partir de la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres en el estado de Michoacán de Ocampo. Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio CNPEVM/655-15-2018, de fecha 31 de mayo de 2018.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2018.
Así, LAS PARTES manifiestan formalizar el presente Convenio al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. LA SECRETARÍA declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB.
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos tiene facultades para suscribir el presente Convenio de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción IV y 6, fracción IX del RISEGOB.

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Diario Oficial de la Federación del 19/12/2018

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date19/12/2018

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