Diario Oficial El Peruano del 1/3/2024

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETÍN OFICIAL
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL
DEL CUSCO

EL PERUANO I Lima, viernes 1 de Marzo de 2024

GERENCIA DE
DESARROLLO
URBANO Y RURAL

SUB GERENCIA DE
ADMINISTRACION
URBANA Y RURAL

DIVISION DE
SANEAMIENTO
FISICO LEGAL

CONVOCATORIA A JUNTA OBLIGATORIA
ANUAL DE ACCIONISTAS
COSAPI S.A. RUC 20100082391

Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho
SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL
DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE PROPIEDAD VÍA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL
LOTE 2 DE LA MANZANA A.P.V. AYUDA MUTUA TIPO HUERTA, DISTRITO DE CUSCO, PROVINCIA Y
DEPARTAMENTO DE CUSCO.
AUTORIZACIÓN PARA PUBLICACIÓN
N 05-SGAUR-GDUR-MC-2024
Cusco, 20 DE FEBRERO DEL 2024.
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, A TRAVÉS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO
Y RURAL, SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RURAL Y LA DIVISIÓN DE SANEAMIENTO FÍSICO
LEGAL EN CUMPLIMIENTO DE SUS COMPETENCIAS ESTABLECIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DE
MUNICIPALIDADES N 27972 Y A LA LEY 28687, HACE DE CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL
QUE SE ESTÁ PROCEDIENDO AL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DEL LOTE 2 DE LA MANZANA H DE
LA A.P.V. AYUDA MUTUA TIPO HUERTA, DISTRITO DE CUSCO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE
CUSCO. INSCRITO PREVENTIVAMENTE EN LAS P.E. N 07000266 As.142; UBICADO EN EL DISTRITO
DE CUSCO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON LOS SIGUIENTES DATOS:
AREA

PERIMETRO

2123.62 m2.

188.20 m.l.

FRENTE
38.29 ml con LA CALLE
SIN NOMBRE

DERECHA
49.91 ml con PROPIEDAD
DE TERCEROS

IZQUIERDA
58.66 ml con PROPIEDAD
DE TERCEROS

FONDO
41.33 ml con el PASAJE
SIN NOMBRE

LAS PERSONAS QUE CONSIDEREN AMENAZADO O VULNERADO SU DERECHO CON EL
SANEAMIENTO Y TITULACIÓN MENCIONADA PUEDEN PRESENTAR OPOSICIÓN DENTRO DE LOS
20 DÍAS CALENDARIO POSTERIORES A ESTA PUBLICACIÓN, LA OPOSICIÓN SE PRESENTARÁ
POR ESCRITO, Y PARA SU ADMISIBILIDAD DEBE ACOMPAÑARSE NECESARIAMENTE PRUEBA
INSTRUMENTAL QUE SUSTENTE LO QUE SE AFIRMA.
ATENTAMENTE.
Cusco Patrimonio Cultural de la Humanidad MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO RURAL
SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN URBANA Y RURAL
Ing. Rossana Velasco Gibaja Arq. José Antonio Vargas Espinoza DIVISIÓN DE SANEAMIENTO FISICO LEGAL
SUB GERENTE
SGAUR GDUR

De conformidad con lo dispuesto en artículo 116 de la Ley General de Sociedades, se convoca a los señores accionistas de COSAPI S.A. COSAPI a la junta obligatoria anual de accionistas a celebrarse el 19 de marzo de 2024, a las 4:30 p.m. la Junta, en las oficinas de la sociedad ubicadas en la Av. República De Colombia 717 Edificio Plaza Republica II, San Isidro, con el objeto de tratar la siguiente agenda:
1.
2.
3.
4.
5.

Aprobación de Memoria Anual Integrada y Estados Financieros Separados y Consolidados Auditados del Ejercicio 2023
Aplicación de Resultados del Ejercicio 2023
Designación del Auditor Externo para el ejercicio 2024
Modificación de los artículos décimo séptimo, décimo octavo, vigésimo quinto y vigésimo sexto del Estatuto Social Delegación de facultades para formalizar los acuerdos.

La celebración de la Junta, la revisión del quórum y la realización de las votaciones correspondientes a los temas de agenda se llevarán a cabo de manera presencial.
En caso de no contarse con el quórum necesario para la celebración de la Junta en primera convocatoria, se cita en segunda convocatoria para el 25 de marzo de 2024 a la misma hora y en la misma dirección con la misma agenda.
Desde el día de publicación de la presente convocatoria, el Directorio pondrá a disposición de los accionistas en la página web de la SMV www.smv.gob.pe, en la página web de la compañía www.cosapi.com.pe y en las oficinas de la sede de la sociedad los documentos relacionados con la agenda de la Junta General Obligatoria Anual de Accionistas.
Lima, 1 de marzo de 2024.

EL DIRECTORIO

081-2265589-1

002-2265857-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANAS DE PUNO
NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO, NO IDENTIFICADOS O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO, que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de Intendencia decretando los actos administrativos.
La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
DOCUMENTO
RESOLUCIÓN DE DIVISÓN Nº 001433-2023-SUNAT/3H0500 del 23.12.2023

INTERVENIDO
NO
IDENTIFICADO

ACTA DE
INCAUTACIÓN
Acta de FRANCISCO
RESOLUCIÓN
Incautación Nº TICONA
DE DIVISIÓN
181 - 0 300 -2022
CALLI, N.º 001428-2023identificado con - 000369 de fecha SUNAT/3H0500
06.12.2022
del 20.12.2023 DNI N 02003585
SIN RUC
DOCUMENTO

INTERVENIDO

NOTIFICACIÓN
N.º 1081-2022SUNAT/3H0500
del 27.12.2022

ROCIO
YESSICA
VARGAS
CARBAJAL
identificada con DNI N 10654315
y RUC N
10106543157

NOTIFICACION
Nº 1109-2023SUNAT/3H0500
del 27.10.2023

MARCA DE
TICONA
ANTONIA
REBECA
identificada con DNI N 01784177
y RUC N
10017841772

ACTA DE INCAUTACIÓN
DETERMINACIÓN
Acta de Incautación N 181 -0201 ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada mediante Acta de Incautación N 181 -0201 -2020 -000186 de fecha -2020 -000186 de fecha 12.07.2020 12.07.2020, en aplicación de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros , Ley N 28008 ; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
DETERMINACIÓN

ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación Nº 181 - 0 300 -2022 - 000369 de fecha 06.12.2022, de conformidad con el Artículo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Sancionar a la persona de FRANCISCO TICONA CALLI, identificado con DNI N 02003585 SIN RUC, con una MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a la suma de S/ 5,938.00 Cinco mil novecientos treinta y ocho con 00/100 Soles , de conformidad con el Artículo 3 6 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, respecto de la mercancía consignada en el Acta de Incautación Nº 181 - 0300 -2022 -000369 de fecha 06.12.2022; para lo cual, se deberá procederse a la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO. - Sancionar vía regularización con el INTERNAMIENTO TEMPORAL del vehículo de placa de rodaje X1Q914, por un período de sesenta 60 días calendario, el cual se computará desde el 10.12.2022 con vencimiento el 07.02.2023, en las instalaciones de la Dirección Regional de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Puno, debiendo devolverse inmediatamente el vehículo a su legítimo propietarioa una vez cumplida la sanción.
ARTÍCULO CUARTO.- Señalar que mediante el Acta N 181-0300-2022-000071 de fecha 12.06.2023, se incautó el Motor N 6D16S2919 2, por no contar con documentación aduanera pertinente que acredite su ingreso legal al territorio nacional, incautación efectuada por disposición fiscal, de conformidad con el artículo 13 de la Ley N 28008.
ARTÍCULO QUINTO. - Declarar PROCEDENTE EN PARTE la solicitud de devolución del vehículo de placa de de rodaje X1Q914, presentada por la persona FRANCISCO TICONA CALLI, identificado con DNI N 02003585 SIN RUC, mediante el Expediente N 181 -URD125 -2023 -1171192 - 6 de fecha 06.11.2023 ; correspondiendo la devolución de forma inmediata del vehículo en cuestión consignado en el Acta de Incautación Nº 181-0300-2022-000371, menos el Motor N 6D16S29192 incautado con Acta N 181-0300-2023-00071, a su legítimo propietarioa, conforme a los considerados expuestos en la presente Resolución.
Liquidación de Cobranza N 181-2023-1235
De conformidad a lo establecido en el inciso b del artículo 104 del TUO del Código Tributario, cumplimos con la NOTIFICACIÓN de la acción de control efectuada por parte del personal de la División de Acta de Incautación N.º Control Operativo de la Intendencia de Aduana de Puno, asignado al Puesto de Control Aduanero de Cabanillas el día 21 de noviembre de 2021, en la cual se intervino mercancías de procedencia extranjera 181-0201-2021- sin documentación aduanera pertinente que sustente su procedencia legal, en calidad de encomienda, en cuyos documentos de sustento de traslado, exhibidos al momento de la intervención, usted figura como remitente, motivo por el que se procedió a confeccionar el Acta de Incautación N.º 181-0201-2021-000555 adjunta a la presente notificación.
000555 del En ese sentido, en virtud al artículo 47 de la Ley N.º 28008 Ley de los Delitos Aduaneros en concordancia con lo establecido en el Procedimiento de Inmovilización - Incautación y Determinación Legal de 21.11.2021
Mercancías, CONTROL-PE.00.01, se le otorga un plazo de veinte 20 días hábiles siguientes de recibida la presente, para que acredite su derecho de propiedad, la procedencia legal de la mercancía materia de incautación o subsanar y/o desvirtuar las observaciones formuladas por la Autoridad Aduanera.
Es preciso señalar que, para ejercer su derecho a defensa, podrá presentar la documentación que estime pertinente por Mesa de Partes Virtual de la SUNAT o presentarla a través de cualquier unidad de recepción de la SUNAT a nivel nacional dentro del plazo antes señalado, especificando que se deberá cursar a la División de Control Operativo de la Intendencia de Aduana de Puno, sito en la Av. Santa Rosa N.475 esq. Con el Jr. Nazca N.º 118 Puno.
De conformidad con inciso b el Artículo 104 del Código Tributario, se hace de conocimiento que en fecha 05.10.2021, personal de la División de Control Operativo de la Intendencia de Aduana de Puno, Acta de Incautación N asignado al P.C.A., Ojherani, intervino el vehículo de su propiedad con placa de rodaje N Z3K-716, en el cual se transportaban mercancías de procedencia extranjera, sin documentación que acredite su 181-0205-2021- procedencia e ingreso legal al país, por lo que se elaboró el Acta de Incautación N 181-0205-2021-000644, lo que se pone en conocimiento para que haga efectivo su derecho a defensa.
000644 de fecha Que, en ese sentido, de conformidad con el artículo 47 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros, se le notifica el Acta de Incautación N 181-0205-2021-000644 de fecha 05.10.2021, para que en el plazo de veinte 20 días hábiles siguientes de recibida la presente notificación, remita a esta Administración Aduanera, la siguiente información y/o documentación totalmente legible:
05.10.2021.
1.Documentación que acredite su derecho de propiedad, la procedencia legal de la mercancía materia de incautación y/o desvirtuar las observaciones formuladas por la Autoridad Aduanera.
2.En caso de que la mercancía incautada haya sido trasladada en calidad de encomienda o carga presentar: Guía de Remisión Transportista, Comprobante de Pago, manifiesto de carga, u otra documentación que acredite el traslado de la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 181-0205-2021-000644, la cual fue encontrada en el vehículo de placa rodaje N Z3K-716; dicha documentación deberá contener los datos e Identificación del REMITENTE y/o PROPIETARIO: Apellidos y nombres o razón social, número de RUC, o número de documento de identidad.
3.Nombres y apellidos completos, y número de documento de identidad de la persona que se encontraba conduciendo el vehículo de su propiedad con placa de rodaje N Z3K-716, en el momento de la intervención el día 05.10.2021 a las 02:32 horas; así como la documentación que acredite, vínculo laboral, contractual o de cualquier otra índole; del referido conductor con su empresa de transportes, tales como planilla de trabajadores, contrato laboral, entre otros.
De no presentarse la documentación requerida a esta Administración Aduanera, se procederá con la aplicación de las sanciones contempladas en la Ley de Delitos Aduaneros Ley N 28008 por la comisión de infracción administrativa vinculada al contrabando. Lo requerido deberá cursarse a la División de Control Operativo de la Intendencia de Aduana de Puno, sito en la Av. Santa Rosa N 475 esq. Con el Jr.
Nazca Puno y también podrá ser presentada en la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT.
005-2266064-1

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Diario Oficial El Peruano del 1/3/2024

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date01/03/2024

Page count40

Edition count2744

First edition01/01/2016

Last issue19/05/2024

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