Diario Oficial El Peruano del 10/10/2023

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado por: Editora Peru Fecha: 10/10/2023 00:17

DIARIO OFICIAL DEL BICENTENARIO
Gerente de Publicaciones Oficiales:

MARTES 10

RICARDO MONTERO REYES

DE OCTUBRE DE 2023
AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ
Y EL DESARROLLO
FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLIVAR

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

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13
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. EDICTOS CLASIFICADOS

Provincias
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Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada Reconocimiento de Unión de Hecho Convocatorias a Junta Obligatoria Anual y a Junta General de Accionistas
AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos Ministerio
PERÚ de Transportes y Comunicaciones
NOTIFICACIÓN MEDIANTE PUBLICACIÓN

Viceministerio Programa Nacional de de Comunicaciones Telecomunicaciones
Destinatario: ADRIEL PAZ FARFAN Y SUSI SANGAMA SALAS

Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año de la unidad, la paz y el desarrollo
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones Sujeto Activo con domicilio legal en jirón Zorritos Nº 1203, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, actuando a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones en mérito a la delegación de facultades contenida en la Resolución Ministerial N361-2021-MTC/01 de fecha 26.04.2021 y de conformidad a lo establecido en el numeral 20.2 del artículo 20 del Decreto Legislativo N 1192 y según lo previsto en el numeral 20.1.3 y 20.2 del artículo 20 y numeral 21.2 del artículo 21 del TUO de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por medio del presente, procede a NOTIFICAR, mediante edicto a los Sujetos Pasivos: Asunción Gamarra Flores identificado con DNI N41114291 y Gil Armando Gamarra Flores identificado con DNI N47494036, la propuesta de Intención de Adquisición del inmueble denominado como NODO HUACAYBAMBA, afectado por el Proyecto: Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro.
Al respecto, el tenor de la referida carta es el siguiente:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que el PROGRAMA NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES en adelante PRONATEL, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se encuentra ejecutando el proceso de adquisición de los predios necesarios para el Proyecto: Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro, el cual ha sido declarado de necesidad pública, utilidad pública e interés nacional, según lo establecido en el literal i del artículo 3 de la Ley N29904 y el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 041-2019, y por tanto urge la necesidad de adquirir las áreas afectadas para los fines que se persigue.
Realizado el estudio técnico-legal, se ha determinado que se afectará un área de 140.35 m2, de su predio inscrito en la Partida Electrónica NP39009998 de la Oficina Registral de Huánuco, el mismo que se encuentra ubicado en el distrito y provincia de Huacaybamba y departamento de Huánuco, denominado con código interno como NODO HUACAYBAMBA, el cual ha sido valorizada por el perito tasador, mediante el Informe Técnico de Tasación por la suma de S/ 70,115.34 Setenta mil ciento quince y 34/100 Soles. Cabe precisar que, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Legislativo N 1192, el valor de la tasación comprende el valor comercial del inmueble y el valor del perjuicio económico, de corresponder.
En tal sentido, en mérito a lo establecido en el numeral 20.3 del artículo 20 del Decreto Legislativo N 1192, mediante la presente carta se le informa que usted tiene la potestad de acogerse al procedimiento de adquisición por trato directo, regulado en los artículos 19 y 20
de la citada norma, y aceptar la oferta de adquisición, para lo cual cuenta con un plazo de diez 10 días hábiles; en cuyo caso, PRONATEL le otorgará un incentivo por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble, el cual asciende a la suma de S/14,023.07
Catorce mil veintitrés y 07/100 Soles.
Siendo así, el valor total de la tasación que la entidad se compromete a pagar por la adquisición de su inmueble, en caso acepte la oferta de adquisición, asciende a la suma total de S/84,138.41
Ochenta y cuatro mil ciento treinta y ocho y 41/100 Soles, el cual sería cancelado en un plazo máximo de 20 días hábiles, contados desde la emisión de la resolución que aprueba el valor total de la tasación y el pago. En caso rechace la oferta de adquisición o no responda dentro del plazo otorgado, se iniciará de oficio el procedimiento expropiatorio dejando sin efecto el ofrecimiento de pago del incentivo de la adquisición equivalente al 20% del valor comercial del inmueble.
De otro lado; para los casos de representación, solicitamos la acreditación de su representante, mediante la presentación de su certificado de vigencia de poder actualizado con facultades.
1

Finalmente, se adjunta copia del informe técnico de tasación y modelo del formulario registral , debidamente aprobado por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, el cual será suscrito para formalizar la transferencia del inmueble afectado, en caso acepte la oferta de adquisición. La respuesta a la propuesta de intención de adquisición podrá ser presentada en mesa de partes de la Av. Paseo de la República N1645, Lima y/o a través de nuestra mesa de partes virtual al siguiente correo electrónico: mesadepartespronatel@mtc.gob.pe.
Atentamente, DIRECCIÓN DE ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y ASUNTOS SOCIO AMBIENTALES
PRONATEL
1

Los cuales pueden ser descargados del Portal Institucional del PRONATEL Enlaces de interés - Dirección de Adquisiciones de Predios y Asuntos Socio Ambientales - DAPA https www.gob.pe/pronatel.
005-2223017-1

Acto Administrativo que se notifica: Resolución de Presidencia N 2549-2023-INGEMMET/
PE/PM del 31/05/2023
Procedimiento Administrativo: Caducidad por el no pago del derecho de vigencia del año 2018 y penalidad de los años 2018, 2019 y 2020 del derecho minero VICENTE IV código N
040005698.
Autoridad que emite el acto: Henry Luna Córdova, Presidente Ejecutivo e del INGEMMET.
Dirección: Av. Canadá N 1470, San Borja, Lima 41
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N 2549-2023-INGEMMET/PE/PM del 31/05/2023

La presente notificación surte efecto a partir del día de su publicación.
Contra la resolución procede recurso de revisión dentro de los 15 días hábiles de notificado, el cual se presenta ante el INGEMMET y es resuelto por el Consejo de Minería agotando la vía administrativa.

ARTÍCULO PRIMERO.- HÁGASE EFECTIVO el apercibimiento decretado en la Resolución de Presidencia Ejecutiva de fecha 02/03/2022 y en consecuencia se tenga por no cumplido el pago del derecho de vigencia del año 2018 y la penalidad de los años 2018, 2019 y 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar la caducidad del derecho minero VICENTE IV código N
040005698 por el no pago oportuno del derecho de vigencia del año 2018 y penalidad de los años 2018, 2019 y 2020.
ARTÍCULO TERCERO.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, remítase a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para su inscripción.
NOTIFÍQUESE Y REGÍSTRESE
Ing. HENRY LUNA CORDOVA
Presidente Ejecutivo e INGEMMET
005-2222932-2

NOTIFICACIÓN MEDIANTE PUBLICACIÓN
Destinatario: GUILLERMO MELGAREJO ZAVALA
Acto Administrativo que se notifica: Resolución de Presidencia N 1942-2023-INGEMMET/
PE/PM del 27/04/2023.
Procedimiento Administrativo: Caducidad por el no pago del derecho de vigencia de los años 2021 y 2022, además de la penalidad del año 2022 del derecho minero SAN
BENITO DE ATE N 2 código N 11016525X01.
Autoridad que emite el acto: Henry Luna Córdova, Presidente Ejecutivo e del INGEMMET.
Dirección: Av. Canadá N 1470, San Borja, Lima 41
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N 1942-2023-INGEMMET/PE/PM del 27/04/2023
La presente notificación surte efecto a partir del día de su publicación.
Contra la resolución procede recurso de revisión dentro de los 15 días hábiles de notificado, el cual se presenta ante el INGEMMET y es resuelto por el Consejo de Minería agotando la vía administrativa.
ARTÍCULO PRIMERO.- HÁGASE EFECTIVO el apercibimiento decretado en la Resolución de Presidencia Ejecutiva de fecha 10/06/2022 y en consecuencia se tenga por no cumplido el pago por derecho de vigencia del derecho minero por el año 2021.
ARTICULO SEGUNDO.- Declarar la caducidad del derecho minero SAN BENITO DE ATE
N 2 código N 11016525X01 por el no pago oportuno del derecho de vigencia de los años 2021 y 2022, además de la penalidad del año 2022.
ARTÍCULO TERCERO.- Consentida o ejecutoriada que se la presente resolución, remítase a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para su inscripción.
NOTIFÍQUESE Y REGÍSTRESE
Ing. HENRY LUNA CORDOVA
Presidente Ejecutivo e INGEMMET

005-2222932-1

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Diario Oficial El Peruano del 10/10/2023

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date10/10/2023

Page count32

Edition count2747

First edition01/01/2016

Last issue06/06/2024

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